Muchos de los accidentes de coche se deben a despistes tontos, otros son por exceso de confianza. Lo cierto es que se producen cuando menos te lo esperas y aunque la mayoría tiene consecuencias leves, en ocasiones los daños son graves.
Tener una colisión con el coche siempre es un trastorno por leve que sea. Hay una serie de actos ineludibles, desde rellenar la declaración, comunicarle el accidente a la aseguradora y sobre todo, si hay dudas para establecer quién tiene la culpa del accidente.
Determinar quién tiene la culpa en un accidente de tráfico causa inquietud, de ahí que suscite interés. De los cinco artículos más leídos del blog, dos están relacionados con la culpabilidad en el accidente.
- ¿Quién paga los daños del coche si no tengo la culpa del accidente?
- ¿De quién es la responsabilidad en un accidente de tráfico?
Bien pues este artículo también va de eso. Pero en esta ocasión, con situaciones que te pueden pasar y donde no siempre es tan sencillo saber de quién es la culpa.
¿Quién tiene la culpa en un accidente de tráfico?
Quién es el responsable de un accidente se determina echando mano de las normas de circulación. Las aseguradoras consideran al conductor que las infringe como culpable del accidente, pero existen determinados supuestos donde ponerse de acuerdo va a resultar más complicado. En esos casos, los convenios de indemnización suscritos entre aseguradoras, establecen determinadas normas que utilizan para determinar su posición en el accidente.
A pesar de que cada siniestro tiene sus propias características, no está de más que conozcas quien tiene la culpa en un accidente de coche. Analicemos las nueve situaciones más frecuentes que te pueden servir de ayuda para rellenar la declaración amistosa de accidente y para no cabrearte si tu aseguradora te echa la culpa.
1. Circular marcha atrás.
Circular marcha atrás constituye un riesgo importe para los demás usuarios de la vía. Se trata de una maniobra frecuente al circular por ciudad, sobre todo al salir o entrar a estacionar.
Dar marcha atrás y tener un accidente es sinónimo de culpabilidad, aunque existen determinados supuestos donde la combinación de la marcha atrás con otras maniobras hace que no siempre seas considerado culpable.
- ¿Quién tiene la culpa en un accidente dando marcha atrás? El vehículo que da marcha atrás
- ¿Cuándo? Siempre, excepto que el vehículo contra el colisiona salga de un estacionamiento marcha atrás o circule en dirección prohibida.
Con esta maniobra, el conflicto se produce cuando ambos conductores dan marcha atrás sin otras circunstancias añadidas. En este caso las aseguradoras no se pronunciaran y no atribuirán la responsabilidad a ninguno de los conductores. En este caso te recomiendo leer ¿Quién paga los daños del coche cuando no se puede determinar el culpable del accidente?
2. Colisión por alcance trasero.
Junto con los golpes de estacionamiento se ha convertido en el tipo de accidente más frecuente. Es habitual de las retenciones de tráfico en vías rápidas, en las incorporaciones a rotondas o en ciudad en los cruces regulados por semáforos. El vehículo que te precede frena bruscamente, inicia la marcha lentamente o se para de repente y se produce la colisión.
- ¿Quién tiene la culpa en un accidente con una colisión por alcance trasero? El vehículo que tiene los daños en la parte delantera
- ¿Cuándo? Siempre. Existe la obligación de mantener una distancia de seguridad, con el vehículo que te precede, suficiente para detener tu coche sin necesidad de colisionar.
Este tipo de accidente es el más utilizado por los defraudares del seguro en las reclamaciones por lesiones a consecuencia del llamado «latigazo cervical». La mecánica es simple. Por ponerte un ejemplo: un vehículo circula por una rotonda dando vueltas hasta que capta a la víctima que se incorpora a la circulación. Es el momento de frenar bruscamente provocando el alcance trasero con el otro coche.
¿Qué pasa cuando un vehículo da marcha atrás y el otro colisiona por alcance trasero?
Se trata de una situación con disparidad de versiones. Si alegas que el vehículo contrario te ha alcanzado por detrás y el adverso declara que has sido tu quien dando marcha atrás le has golpeado, aunque estuvieses estacionando, las aseguradoras considerarán, aplicando las normas del convenio que, el responsable del accidente es el vehículo que tiene los daños en su parte delantera.
3. Circulación en paralelo, invasión de carril.
Se trata de un accidente frecuente en arrancadas en paralelo, sobre todo al acceder a una glorieta o en circulación en carreteras de varios carriles de circulación en un mismo sentido.
- ¿Quién tiene la culpa en un accidente circulando en paralelo o invasión de carril? El vehículo que abandona su carril, parcial o totalmente y colisiona contra el otro vehículo.
- ¿Cuándo? Si ambos conductores coinciden en la versión.
Sí existe disparidad de versiones y los conductores han admitidos que circulaban en paralelo, se considera culpable el vehículo que tenga los daños en el lado derecho. La excepción a esta norma es si el vehículo con el que colisionas circula por el arcén derecho, si no está autorizado, o se incorpora a la circulación desde un carril de incorporación.
4. Las rotondas, glorietas o plazas de sentido giratorio.
Con la teoría en la mano, circular por una rotonda es sencillo, pero en la práctica todo resulta más complicado. La rotonda es una solución para facilitar el tráfico, hacerlo más fluido eliminando cruces e intersecciones. Para conseguirlo es necesario circular bien ya que de lo contrario, las posibilidades de colisión con otros vehículos crecen.
- ¿Quién tiene la culpa en un accidente al circular por una rotonda? Normalmente la culpa es del conductor que circula por el carril interior de la glorieta.
- ¿Cuándo? Siempre que ambos conductores coincidan en que circulan por la rotonda y uno alegue que entra en la plaza y el otro alega que sale o cambia de carril. En este caso el convenio culpa al vehículo que entra en la rotonda, salvo que ambos coches tengan los daños en los laterales no angulares, en ese caso, el culpable será el vehículo con los daños en el lateral derecho.
Conviene que tengas presente que si la colisión se produce cuando ambos vehículo circulan por la rotonda, siguiendo la trayectoria de la misma, se considera circulación en paralelo.
5. Giros.
Cuando queremos cambiar de dirección, la maniobra que realizamos es la de girar a derecha o izquierda. En ambos casos, la norma general dice que tiene preferencia el vehículo que sale por nuestra derecha, o circula por el carril más próximo al margen derecho.
- ¿Quién tiene la culpa en un accidente al efectuar un giro? Normalmente la culpa es del conductor que efectúa el giro.
- ¿Cuándo? Siempre, incluso en aquellos casos donde existe disparidad de versiones, la culpa será del vehículo que efectúa el giro y recibe el impacto en el lateral. Si el impacto es en la parte trasera o angular, se considera que es un alcance trasero.
En aquellos casos donde los dos vehículos giran simultáneamente en la misma dirección, se considera culpable el que se encuentre situado más lejos del bordillo o borde de la calzada. Por ejemplo, si el giro es a la izquierda, el coche que tenga los daños en el lado izquierdo. Cuando el giro es a la derecha, quien tenga los daños en el lado derecho.
Solo en aquellos casos en los que el otro vehículo implicado realice maniobra de incorporación a la circulación, dé marcha atrás o no respete la prioridad, estarás exento de culpa.
6. Prioridad de paso.
Tanto al circular por ciudad como en carretera nos vamos a encontrar cruces e incorporaciones en los que tendremos que determinar quién puede pasar el primero. La norma establece que en un cruce tiene preferencia el vehículo que viene por nuestra derecha, salvo que le afecte alguna limitación.
- ¿Quién tiene la culpa en una colisión en un cruce de vías? Se considera inocente al conductor que goza de la prioridad de paso según lo establecido en el Código de Circulación.
- ¿Cuándo? Siempre, incluso cuando el vehículo contrario circula en dirección prohibida y a ti te afecta una señal de stop o ceda el paso.
Visto así, parece sencillo determinar quién tiene la culpa en accidente donde la prioridad de paso es la causa. Pues no, y para solucionar las situaciones en las que existe disparidad de versiones las aseguradoras han establecido que si el accidente se produce por no respetar los semáforos en rotondas, glorietas o plazas de sentido giratorio, la prioridad corresponde al vehículo que circula por el interior de las mismas.
Si la disparidad se produce en un cruce regulado por semáforos, si uno de los implicados dice haber pasado el semáforo en la fase ámbar intermitente y el otro en verde, la culpa será atribuida a quien lo pasa en ámbar (art. 146.3 del Código de Circulación). Cuando los dos dicen pasar en verde, las aseguradoras no se complican y tiran de las normas genéricas de prioridad.
7. Adelantamientos
La maniobra de adelantar siempre supone un riesgo, tanto si se realiza en carretera como circulando por la ciudad. Y casi siempre, para que ocurra el accidente, concurren otras circunstancias, como los giros o la preferencia de paso.
- ¿Quién tiene la culpa en un accidente en el que estamos adelantando? El vehículo que realiza un adelantamiento antirreglamentario.
- ¿Cuándo? Siempre.
Te preguntaras, a efectos del seguro, cuando se considera que el adelantamiento es antirreglamentario. Pues en estos casos:
- Cuando ambos conductores lo reconocen en la declaración amistosa de accidente (DAA)
- Si hubiese atestado, cuando así lo indique.
- Cuando se pruebe que se ha rebasado la línea continua de separación de ambos sentidos de circulación.
- En el momento que se acredite que se ha realizado por isletas divisorias o por aceras.
En aquellos casos donde un vehículo adelante y el otro gira, resultará culpable este último, excepto que el primero adelante antirreglamentariamente. En este punto hay una situación que cada vez se produce con mayor frecuencia y está asociada al carril-bici. Pues teniendo en cuenta que ningún vehículo puede circular por el carril-bici (no confundir con el carril mixto y velocidad reducida) todo vehículo a motor que circule por él, tendrá que ceder el paso al que lo haga por la calzada.
8. Incorporación a la circulación.
En primer lugar conviene definir cuándo se considera que un vehículo se incorpora a la circulación, porque incorporarse es sinónimo de responsabilidad en el accidente. Pues se considera incorporación cuando un vehículo accede a una vía procedente de un lugar no destinado a la circulación (estacionamientos, paradas de taxi o bus delimitadas, isletas, etc.). También cuando accedemos a autopistas, autovías o rotondas, donde rigen las normas genéricas de prioridad.
- ¿Quién tiene la culpa en un accidente en el que nos incorporamos a la circulación? El conductor cuyo coche se incorpora al tráfico.
- ¿Cuándo? Normalmente siempre, pero existe algunas excepciones, como por ejemplo cuando nos incorporamos a la circulación desde un garaje o un parking y el otro implicado circula por la acera, da marcha atrás o circula por dirección prohibida.
Salvo las excepciones anteriores, las aseguradoras van a considerar culpable del accidente al vehículo que se incorpora a la circulación, incluso cuando este tenga los daños en la parte trasera.
9. Aparcamientos y puertas.
Estacionar o salir de un estacionamiento, son dos acciones que seguramente realizas varias veces a lo largo del día. En ambos casos, te afectan las normas que rigen la marcha atrás y la preferencia de paso.
Sí que quiero destacar un hecho, contrario a lo que muchas veces se piensa, y es que un vehículo estacionado, aunque este mal situado, nunca será el responsable del accidente en el que se vea implicado otro vehículo en movimiento. Por ejemplo, colisionar contra un vehículo estacionado en doble fila, es como si lo haces contra un mojón de la carretera, la culpa siempre es del que colisiona.
Pero asociado al estacionamiento, están las colisiones al abrir o cerrar la puerta. En estos casos las aseguradoras van a tener complicado determinar de quien es la culpa, salvo que se especifique claramente en el anverso de la DAA.
- ¿Quién tiene la culpa en un accidente con la puerta abierta? El conductor del vehículo que colisiona contra el que tiene la puerta abierta.
- ¿Cuándo? Siempre que se especifique claramente en la declaración de accidente.
Cuando no se especifique o existan versiones dispares sobre si se abre la puerta o si ya estaba abierta, se considerará culpable el vehículo que pudiera estar ejercitando la acción de abrir la puerta.
Conclusión.
Sufrir un accidente de tráfico, además de ser un trastorno, puede suponer un gasto extra muy importante. Conviene, después del accidente, prestar atención y dedicarle unos minutos a rellenar el parte amistoso (en papel) o a través de la App Declaración iDEA®, para no tener sorpresas posteriores.
Las aseguradoras de los implicados en el accidente van a determinar la culpa en base a la información que reciban de sus asegurados y especialmente del contenido de la DAA. Y la van a determinar en base a:
- La normativa establecida en el Código de la Circulación vigente en cada momento.
- Las normas subsidiarias contenidas en los distintos convenios de indemnización suscritos entre ellas.
Con lo que te he contado, no deberías tener ningún problema para saber sobre quien va a ser el culpable en una colisión de tráfico, incluso pudiendo ser el inocente.
Un vehiculo averiado en autovia invadiendo el carril derecho. Sin señalizar y tras una curba. Yo conductor de camion, no pude verlo por la curva y otro camion que iva delante mio. No se si el primer camion lo rozo, pero ami el daño me lo hizo en rueda trasera, reventando. Afortunadamente sin daños grabes personales.
Yo pare, y SEÑALICE YO EL ACCIDENTE, pues no habia puesto ni triangulo ni luces ni nada.
La guardia de trafico no fue muy honesta conmigo. Denuncia de 80 euros, a pesar de recalcar que la visibilidad habia sido nula.
Me a costado un retraso de un dia porque la rueda toco suspension y las piezas tardaron 8 horas en llegar.
Cuando llame al 112 ya habia una lkamada del vehiculo parado, aun asi sin señalizar.
Resultado…..por ver porque hace nada k ocurrio
Hola, estaba estacionado en linea y me incorporo a la via con la debida señalizacion y asegurandome de que no viene nadie, cuando avanzo 4 o 5 metros un coche me da con su aleta derecha en mi parte izquierda porque parece ser que cambio de carril y segun el no me vio, quien tiene la culpa?
Gracias Carlos, en el contenido del artículo está la respuesta.
Saludos cordiales,
Hola, mi caso es que venia conduciendo una mañana temprano, con mucha niebla, por la izquierda, y un coche de color negro con capot levantado estacionado no señalizado, no lo veo y colisiono. venia a la velocidad permitida, no hubo lesiones de ninguno de los implicados, mi vehículo colisiona por el frente lateral izquierdo con la parte trasera lateral derecha del otro vehículo, el atestado policial apunta que yo soy el responsable. mi seguro a todo riesgo. gracias.
Buenos días. .
Un vehículo sale de una finca y se incorpora al carril contrario saltándose una raya continua ya que hay un cambio de rasante , me lo encuentro de frente sin posibilidad de reaccionar e impactando con el por la parte trasera , mi coche siniestro. No tenía opción de esquivarlo ya que este señor se incorporó invadiendo mi carril porque había otro coche en el otro carril para entrar en la misma parcela. .
Gracias Juan José por tu comentario.
Por la versión parece que el contrario incumplió alguna que otra norma.
Saludos cordiales.
Mi caso fue, que yo circulo por un calle de doble sentido y, observo que un vehículo que circula delante de mí, gira hacía una calle a la derecha incorporándose a ella, yo continuo mi marcha y, seguidamente éste mismo vehículo, gira bruscamente hacia la izquierda cerrémdome el paso y producienéndose una colisión entre ambos, así que choco contra su lateral de la rueda izquierda trasera, haciendo saltar sus airbat y, mi vehículo sufre daños en la esquina delantera deracha, paramos los coches y me dice que que si no he visto el intermitente izquierdo, que su inención era abrirse en la calle de la derecha para realizar la maniobra hacia la calle de la izquierda, que tiene que hacerlo así ya que esa calle a la que pretende girar a la izquierda hace U y le es imposible torcer sin hacer esa maniobra, yo le digo que para eso debió poner i termitente derecho aorillarse a la dercha y, después comprobar antes de girar si viene algún coche antes de cruzarse en medio de la calle, a mi me fue imposible prever la intención de su vehículo, todo apuntaba a que tomaba la calle de la derecha.
Hola, Araceli.
Gracias por leer el post y tu comentario.
Un saludo y mucha prudencia.
Se me olvidó formular la pregunta, quien sería el culpable?
El sabado tube yo un accidente donde en una isleta amarilla habia una furgoneta dificultando la visibilidad, me detube y cedi el paso a un primer coche y el segundo golpeo mi parte derecha frontal.
Hola Carlos, necesito tu ayuda. Yo estaba bien estacionada,en línea, en el sentido de la vía. un conocido mío vino a revisarme una cosa del coche con lo cual el capot estaba abierto yo tenía un chaleco amarillo. No me estaba reparando nada simplemente estaba hechando un vistazo a unas cosillas del agua y tal. Yo necesitaba entrar al coche y entre por la puerta del Conductor a coger unas cosas. Deje la puerta abierta pero no la cerré por que yo estaba ahí mismo de ese lado. Había pasado un rato y cuando ya puedo acercarme a la puerta con la intención de cerrarla un vehículo que no la vio se estampó contra mi puerta. Rellenamos el parte amistoso, el puso que no visualizó la puerta, yo no marque la casilla dos de abriendo la puerta por que claramente no era mi caso, por que ya estaba abierta, de hecho pasaban más coches por ahí y había espacio suficiente para la circulación. Yo puse en las observaciones que cuando quería cerrar la puerta este señor me dio. En resumidas cuentas, el seguro del contrario a puesto una reclamación al parte amistoso, por que no tiene claro si el señor no la vio por que la abri al momento o por que ya estaba abierta y no me quieren aceptar la reparación. El Conocido mío va a declarar como testigo para corroborar mi versión claramente verídica. Pero mi duda es, el hecho de que el me estuviera hechando un vistazo al coche en la vía pública y sin entorpecer para nada la circulación independientemente de si por cualquier circunstancia la puerta estuviera abierta, puede repercutir o hacer dudar que estuviéramos reparando nada del vehículo por que no quiero ganarme un problema pero esa es la verdad y el testigo lo corrborraria. Tengo esa duda ojalá pueda ayudarme.
Hola Virginia.
En el artículo hay un apartado específico sobre puertas. Si puedes acreditar que tenias la puerta abierta no tendrás problemas con la reclamación. Si la acción que realizaba el testigo no ha provocado o influido en el accidente, no le veo mayor problema a su testimonio.
Un saludo,
Hola necesito su ayuda le comento nosotros íbamos hacer un giro al lado izquierdo el semáforo estaba en rojo el coche venia de frente a alta velocidad estaba distraído porq traía la cabeza mirando hacia abajo hemos visto el coche contrario que venía a darnos directamente a nosotros no dio al lado derecho al costado no le dio tiempo ni de frenar… el se declara inocente en este caso que se puede hacer…
Gracias Kely, pero si hay un semáforo la preferencia es de quien lo tiene en verde.
Saludos cordiales,
Hola.
Me incorporo a una rotonda cuando habia un vehiculo estacionado ( en la via) y le colisiono por detras. Quien tiene la culpa?
Hola Antonio.
La respuesta resulta obvia, por mucho que el otro vehículo pudiese estar mal estacionado.
Un saludo,
Hola Carlos! Iba circulando por una carretera de doble sentido con línea cuntinua. despues de un paso de peatones 20 metros me adelanta rebasando la línea I me impacta lateral I nos movimos de la posición final I ice videos I fotos alas marcas de frenada I a los liquidos envertidos enla calzada.Debido a mi inconformidad con la versión de los hechos y por tanto con dicha conclusión, me gustaría analizar el accidente.
En primer lugar, saber si podemos contar con cámaras de seguridad por la zona que puedan quizás mostrar mejor los hechos.
Por otro lado, durante la declaración, he tenido la percepción de que no se ha tenido en cuenta mi versión y se han sacado conclusiones con las que discrepo.
Así mismo, no he contemplado un estudio de los hechos, es decir, un análisis del accidente en el que se hayan tenido en cuenta los frenazos de ambos vehículos, los líquidos vertidos en la calzada y el cálculo de la distancia entre un vehículo y otro.
Por mi parte puedo mostrar un video del lugar de los hechos, del mismo día, antes de la llegada de los agentes. Ya que las imágenes de los agentes muestran las imágenes posteriores al accidente y en la que el lugar de los hechos se ha visto alterado por la situación climatológica (lluvia).
A continuación adjunto dichas imàgenes y videos del lugar de los hechos.
Gracias,
Un saludo.
al cruzar una via principal en carro y la moto no estaba en circulación.
, luego aparece y me choca en la punta derecha del carro ya estando al otro lado de la via principal. Quien es culpable?
Hola Carlos.
La culpa es del que no tiene preferencia en la intersección según la señalización luminosa, vertical, horizontal o normas de prioridad.
Un saludo,
Mi esposo venía en el carro y trai una carreta, al rebasar le pega en la llanta delantera por lado del piloto al carro del afectado dice: el afectado, pero mi esposo y ningúno de los que venían con el sintieron y no se dieron cuenta, hasta que fueron a buscarlos a su trabajo….