6 Dudas surgidas por el coronavirus relacionadas con el seguro

Quizá estás entre los miles de trabajadores, empresarios y autónomos que ven comprometida su estabilidad económica por la crisis sanitaria causada por el coronavirus. Descubre en el post las respuestas a algunas de las dudas surgidas y relacionadas con el seguro.
26/04/2020
"

Parece que fue ayer, pero han pasado más de 40 días desde que empezó el confinamiento en casa. Durante el día 36 de la cuarentena, por aquello de pasar el rato, me dedique a contar cuantas veces leía o escuchaba las palabras: coronavirus, ERTE, ERE y alguna otra que ahora no viene al caso.

¿Qué palabra se repitió más veces?

Evidentemente la ganadora fue coronavirus. Tan solo la leí o escuche 46 veces a lo largo del día. La segunda fue ERTE, seguida a poca distancia de ERE. Para serte sincero, casi todos mis esfuerzos se centraron en la deriva económica que está causando la crisis sanitaria. Así que parece lógico, con la que está cayendo, que estas palabras fuesen las más frecuentes.

Puede que estés entre los miles de trabajadores afectados por un ERTE o un ERE y de buenas a primeras ves que tu estabilidad económica se tambalea. O simplemente el miedo a caer en esta situación hace que hayas empezado a replantearte como ahorrar en gastos. Y la verdad, no sé porque razón, pero el gasto en seguros es de los primeros objetivos.

Antes de cualquier decisión, vamos a dar un repaso a algunas dudas relacionadas con el seguro que suscita el coronavirus.

¿Cómo se están implicando las aseguradoras en la crisis por el coronavirus?

El sector asegurador, igual que la banca, han sido considerados por el Gobierno servicios esenciales dentro del estado de alarma. Esto ha permitido a las aseguradoras funcionar con cierta «normalidad».

Según la patronal Unespa, un centenar de aseguradoras han constituido un fondo solidario con el que van a suscribir un seguro de vida colectivo para cubrir el fallecimiento por causa directa del Covid-19 a los más de 700.000 profesionales sanitarios que conforman el Sistema Nacional de Salud. El seguro tiene una duración de seis meses, desde el 14 de marzo al 13 de septiembre. Se asegura un capital de 30.000 euros por fallecimiento y 100 euros diarios en caso de hospitalización del profesional, con una franquicia de 3 días y por un máximo de 14 días de ingreso.

La crisis sanitaria por el coronavirus está derivando en una crisis económica, por lo que a estas acciones solidarias, se suman las que han implementado individualmente cada aseguradora. Algunas de estas se concretan en:

  • Flexibilidad en los trámites y comunicaciones con la aseguradora, poniendo en marcha o reforzando los servicios online.
  • Facilidad en el pago del seguro. Mediante el aplazamiento en el pago, en algunos casos de hasta 120 días en seguros de empresa, comercio o autónomos o permitiendo el fraccionamiento sin recargo alguno. Incluso facilitando el pago con tarjeta de crédito.
  • Compromiso que no se va a reclamar el impago o facilitando la cancelación anticipada sin motivo expreso.
  • Descuentos en determinados seguros de pyme o autónomos de la prima correspondiente al tiempo que dure el estado de alarma.

También parecen abiertas a estudiar las peculiaridades de cada caso por lo que conviene ponerse en contacto con la aseguradora antes de adoptar cualquier medida unilateral.

No obstante, aquí tienes respuesta a las 6 dudas más frecuentes surgidas por el coronavirus.

1. ¿Puedo dar de baja el seguro del coche si no lo puedo usar con el estado de alarma?

La respuesta a la pregunta es sencilla. Claro que puedes, es una decisión personal que puedes tomar en cualquier momento, pero… estarías cometiendo un grave error.

La ley obliga a que todo vehículo matriculado cuente con un seguro en vigor de responsabilidad civil. Y da igual si lo utilizas o no, si está estacionado en la calle o en el garaje de la comunidad. Carecer de seguro implica asumir ciertos riesgos que pueden afectar a tu patrimonio como propietario del vehículo.

Te pongo un ejemplo: Se estropea el freno de mano y el coche, que esta estacionado en un lugar con pendiente, se desplaza hasta colisionar con el del vecino o atropella a un peatón que pasa en ese momento por allí. Los daños que pueda causar, si no hay seguro, correrían por tu cuenta.

Sin embargo, existe la posibilidad, si cuentas con un garaje privado, de dar de baja el coche temporalmente en Trafico y entonces podrías cancelar el contrato de seguro o pedir una suspensión de cobertura si piensas utilizarlo más adelante, porque, eso sí, la aseguradora no te va a devolver un solo euro de la prima no consumida.

2. ¿Me cubre el seguro de salud, si enfermo de Covid-19?

Las enfermedades causadas por una epidemia o pandemia, hasta ahora, están excluidas de las prestaciones del seguro de salud. Normalmente de todos los seguros a la persona, excepto en determinadas modalidades y siempre que se contrate su cobertura expresamente.

En esta crisis del coronavirus, parece que las aseguradoras de salud han tomado caminos paralelos, poniendo en marcha iniciativas parecidas.

Algunas de las compañías han puesto en marcha un servicio de telemedicina online. Otras se han limitado a tener un teléfono de orientación médica para resolver dudas sobre el Covid-19, procedimientos administrativos o información sobre las medidas de ayuda adoptadas por el gobierno.

Entre las aseguradoras más importantes del sector, son muy pocas las que atienden enfermos por coronavirus y limitan su asistencia al seguimiento de pacientes leves. En general han dado un paso atrás apoyándose en las exclusiones del contrato de seguro.

3. ¿Tengo derecho a indemnización en un seguro de subsidio diario por hospitalización o enfermedad?

El seguro de enfermedad o de subsidio es aquel por el que el asegurado cobra un capital diario cuando cae enfermo. Se puede limitar el cobro de la indemnización únicamente al periodo de hospitalización de la incapacidad temporal.

Lo primero que tenemos que tener presente es que para ser acreedor de la indemnización se tiene que producir el riesgo asegurado: caer enfermo o ser hospitalizado. Por tanto la paralización de la actividad derivada del estado de alarma por la crisis sanitaria del coronavirus, no da derecho a indemnización alguna.

En el punto anterior hablaba de las exclusiones que afectan a los seguros sobre las personas, este es uno de ellos, por tanto quedan sin coberturas las pandemias.

Sin embargo, mientras que algún asegurador, rechaza la cobertura, otros la asumen si está contratada la hospitalización y por el tiempo que dura el internamiento.

4. ¿El seguro de decesos se hace cargo del servicio funerario si el fallecimiento es por coronavirus?

Según fuentes del sector y de las propias aseguradoras de decesos, se están asumiendo los servicios funerarios con normalidad a pesar de la exclusión por pandemia que incluyen la mayoría de estos seguros.

Esto quiere decir que tanto si el fallecimiento es por coronavirus como por cualquier otra causa, el servicio funerario se está celebrando sin la pompa y circunstancias de una situación de normalidad. No hay velatorio, ni flores, la elección del féretro tiene poco recorrido, es decir, el servicio fúnebre no se ajusta a las prestaciones contratadas en el seguro de decesos.

En este tipo de pólizas se establece un capital asegurado, que de no agotarse con los gastos generados por el servicio prestado, la diferencia, debe ser abonada a los beneficiarios del seguro. Por lo tanto, conviene recopilar a través del tanatorio o la aseguradora los justificantes del sepelio para reclamar la diferencia sobre el capital asegurado.

5. ¿Puedo rescatar el plan de pensiones por el coronavirus?

Desde la pasada crisis financiera está permitido rescatar el plan de pensiones en tres situaciones concretas: padecer una enfermedad grave, ser un desempleado de larga duración o sufrir un desahucio de la vivienda. Ninguno de estos tres supuestos se da en la crisis actual por coronavirus. Para paliar sus consecuencias el gobierno ha aprobado en el RDL 15/2020 de 21 de abril, donde se clarifican los diferentes aspectos para el rescate. En estas respuestas tienes un breve resumen de la disposición.

¿Quién puede solicitar el rescate por el coronavirus?

Pueden solicitar el rescate del plan de pensiones, las personas afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo, los empresarios y autónomos que hayan tenido que cerrar el negocio o cesar en su actividad como consecuencia del estado de alarma por el coronavirus.

¿Qué planes de pensiones se pueden rescatar?

Prácticamente se han incluido todas las modalidades. Se pueden rescatar los planes de previsión asegurados (PPA) y los de previsión social empresarial. También pueden ser rescatados los planes de pensiones del sistema individual, asociado y los de empleo.

¿Se puede rescatar todo el fondo acumulado?

No. La cantidad que se podrá rescatar está limitada a 1.645,8 euros mensuales (3 veces el IPREM vigente en 2020) por el tiempo que corresponda a la duración del ERTE, el periodo de cierre al público del comercio o la duración del cese en la actividad. Sin embargo, este periodo de computo, no podrá exceder de la duración del estado de alarma más un mes de prórroga.

¿Hay que tributar por el rescate?

Sí. Los ingresos obtenidos de los planes de pensiones tributan como rendimientos del trabajo, por tanto están sujetos a IRPF. Conviene, antes de nada, consultar con tu asesor fiscal si interesa rescatar el plan de pensiones o buscar otras fórmulas de financiación en el mercado.

¿Cómo se puede solicitar si no se puede salir de casa por el coronavirus?

Se ha establecido que se pueda solicitar mediante una declaración responsable, justificando los motivos del rescate. Y durante el mes siguiente, al levantamiento del estado de alarma, se podrá presentar toda la documentación que sea requerida.

6. ¿Qué hago si no puedo esperar a los reparadores del seguro para arreglar la avería?

Las entidades financieras y de seguros, han podido mantener su funcionamiento según autorizaba el Gobierno al decretar el estado de alarma. En lo referente al seguro, se trataba de mantener habilitada la ayuda y la asistencia tanto a consumidores particulares como a los servicios esenciales. Ahora bien, las restricciones fijadas para otras actividades profesionales hacen que solo se pueda asistir en incidentes donde está en juego la habitabilidad de la vivienda. Y aun con estas circunstancias puede resultar complicada la reparación cuando los proveedores de materiales y piezas tienen paralizada su actividad.

Pero los accidentes no saben de estados de alarma, así que si tienes la desgracia de sufrir uno, mi recomendación es informar a la aseguradora del hecho y seguir las instrucciones que den. Después, reserva unos minutos para leer el siguiente post: ¿Tengo que esperar que venga el perito del seguro antes de reparar los daños de un siniestro?

Siempre aconsejo hacer un reporte fotográfico de la avería y de los daños causados, recopilar facturas de preexistencias y guardar las de las reparaciones urgentes para su reclamación posterior al asegurador.

Situaciones excepcionales requieren de soluciones excepcionales, aunque a veces cueste ponerlas en marcha. En seguros también hay espacio para la excepción.

Reflexiones finales sobre el coronavirus y el seguro

La crisis sanitaria causada por el coronavirus está contagiando a millones de personas y lo que es peor, dejando cientos de miles de muertos. Y también está provocando una enorme inquietud entre los usuarios del seguro ante una posible falta de cobertura. En unos casos debido a las exclusiones propias del contrato, en otros, derivada de la falta de liquidez para hacer frente al pago de la prima.

Hemos visto como los seguros más afectados por la Covid-19 son los que recaen sobre la persona y como están actuando las aseguradoras colectiva e individualmente.

Parece evidente que esta crisis va a tener consecuencias en el seguro, promoviendo un nuevo diseño de algunos productos, para atender las necesidades de un mercado más exigente y dinámico.

¿Has recurrido a la aseguradora por algo relacionado con el coronavirus?

Cuéntanos en los comentarios como te fue y si dieron solución al caso.

Imagen gentileza de Freepik

Escrito por Carlos Destrada

Autor y fundador de este sitio. Bloguero, consultor y autodidacta de vocación, aún me entusiasmo con el mundo de la informática y la web 2.0. Publico contenidos relacionados con el seguro, sector profesional en el que he pasado más de una vida. Por lo demás, ejerzo de ciudadano del mundo.

Artículos relacionados

Cómo usar una matriz de gestión del tiempo para priorizar las tareas.

Cómo usar una matriz de gestión del tiempo para priorizar las tareas.

¿Alguna vez has sentido el agobio de tener muchas cosas que hacer y no saber por dónde empezar? ¿Haces todo deprisa y corriendo con la sensación de no llegar a ningún sitio? Existe la necesidad de ser cada día más eficiente. Y si no tienes un método para gestionar el tiempo puedes caer en la trampa…

Todo lo que debes saber sobre el «Brexit» y el seguro del coche.

Todo lo que debes saber sobre el «Brexit» y el seguro del coche.

En los últimos 4 años no hay día que no se hable del tema, pese a todo, sigue de actualidad. Cerca de 8000 camiones viajan cada semana al Reino Unido y otros cientos de vehículos lo hacen diariamente a Gibraltar. Pues bien, vamos a descubrir las consecuencias del Brexit en relación con el seguro del automóvil.

Comentarios

1 Comentario

  1. isabel fernandez

    Buenas tardes querido Carlos, aquí estamos en esta situación que nos toca vivir. Agobia un poco ya, y eso que nosotros trabajamos en cuatro turnos para no coincidir, y al menos cambias de tema y lugar. Paciencia y esperemos que esto acabe para llevar una vida lo mejor posible, que va a llevar tiempo. Ya veo que estas preocupado por el tema seguro en relación al coronavirus. Hace falta orientación, porque se ve que normalmente se ignoran muchas cosas, mucho más ahora. Un fuerte abrazo.

    Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Al rellenar el formulario das el consentimiento expreso al tratamiento de tus datos (guardar el comentario y tus datos del formulario en el blog) conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

  • Responsable del fichero: Carlos Destrada.
  • Finalidad: Gestión de los comentarios.
  • Legitimación: Tu consentimiento.
  • Destinatario: Tus datos serán alojados en mi plataforma de hosting Webempresa (UE).
  • Derechos: Derecho al acceso, rectificación, portabilidad y olvido de los datos según nuestra política de privacidad.

OFERTA ESPECIAL

Ahora tienes la oportunidad de conversar con un experto y acceder gratis a los mejores consejos y trucos sobre seguros de la web.


He leído y acepto la política de privacidad *

 

You have Successfully Subscribed!

¿QUIERES HACER UNA CONSULTA AHORA?

Suscríbete, consigue acceso inmediato al formulario de consulta


He leído y acepto la política de privacidad. *

You have Successfully Subscribed!

RELLENA ESTOS DATOS

Accederás gratis a todos los recursos, prácticas guías y manuales creados expresamente para ti 


He leído y acepto la política de privacidad. *

You have Successfully Subscribed!

Pin It on Pinterest

Share This