5 Cosas que debes tener en cuenta antes de dar de baja el seguro de salud.

¿Estás pensando cambiar de aseguradora pero no sabes cómo dar de baja el seguro de salud, ni qué consecuencias tiene? En este artículo te contamos todo lo que tienes saber si...
17/12/2016
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¿Estás pensando cambiar de aseguradora pero no sabes cómo dar de baja el seguro de salud, ni qué consecuencias tiene?

¿Cumples años y la prima del seguro se dispara de precio?

¿Te han hecho una oferta de un seguro mejor y más barato?

En este artículo vas a encontrar respuesta a cómo dar de baja el seguro de salud, si prefieres vivir sin él o decides cambiar de aseguradora.

Contratamos un seguro con la intención de que dure en el tiempo. A veces por unas u otras razones nos planteamos que ha llegado el momento de cambiar. Nos han subido el precio, el servicio no ha sido el que esperábamos o nos han ofrecido mejoras coberturas. En definitiva, queremos dar de baja el seguro de salud y hacerlo bien para no tener problemas.

Como cualquier otro contrato, su cancelación está sujeta a las estipulaciones establecidas por la legislación o por alguna de las partes. Por lo tanto, para cancelarlo, debes hacerlo correctamente, actuando según el procedimiento fijado.

Pero además, si piensas contratar otro seguro, debes tener en cuenta una serie de circunstancia para no tener desagradables sorpresas.

¿Comienzas a tener dudas de cómo hacerlo? Para resolverlas te cuento las 5 cosas que yo haría antes de dar de baja el seguro de salud.

Cómo dar de baja el seguro de salud para no tener problemas.

Lo primero que debes saber es que las aseguradoras de salud establecen que, de una forma generalizada, el contrato finalice el 31 de diciembre. La duración del contrato de seguro suele ser de 12 meses, en el caso de salud, lo es desde su firma hasta la terminación del año natural. Llegada esta fecha, el seguro se prorroga automáticamente por un año y así sucesivamente hasta su conclusión.

Una vez que ya sabemos la fecha en la que vence el contrato de seguro, estas son las 5 cosas que debes tener en cuenta antes de cancelarlo.

1. No se puede rescindir el contrato después de prorrogado.

Una vez que se ha producido la renovación del seguro por un año más, no se puede rescindir. Tienes que esperar hasta el siguiente vencimiento para poder cancelarlo.

Solamente en determinados casos existe la posibilidad de hacerlo anticipadamente: cuando la aseguradora, durante el periodo en curso, modifica las condiciones del contrato.

Un incremento injustificado del precio del seguro, la modificación de las prestaciones o un cambio de los servicios asistenciales son motivos para la cancelación anticipada.

Si tu empresa te tiene asegurado en una póliza colectiva de salud, cesar en la relación laboral.

Después de informar a la aseguradora de una disminución del riesgo y esta no baja la prima de renovación.

2. La aseguradora tiene dos meses para informar de las nuevas condiciones.

Las aseguradoras de salud revisan la prima del seguro todos los años. Esta revisión se realiza teniendo en cuenta 3 factores: la edad del asegurado, la rentabilidad de la póliza y el incremento en el coste de los servicios.

La prima del seguro de salud se establece por tramos de edad. Por tanto solo se debería incrementar cuando pasas de un tramo de edad a otro. Cumplir años en seguros, normalmente supone tener que pagar más.

Cuanta más atención médica precises, menor será la rentabilidad del seguro. Y las compañías no son una ONG, por lo que tratan de corregir inmediatamente las pérdidas mediante una subida en la prima del seguro. Si además tu contrato forma parte de un colectivo, estas sujeto a la siniestralidad que tenga el colectivo, con lo que las primas se pueden disparar de un año a otro.

Por último está el incremento del IPC (sanitario), el incremento en el coste de las asistencias médicas. En los últimos años este se ha situado en torno al 2%, mientras las aseguradoras incrementaban primas en un 4.6%.

La aseguradora está obligada a comunicarle al tomador del seguro con dos meses de antelación cualquier cambio en las condiciones del contrato. Su incumplimiento no te exime de cumplir la norma, pero te da la posibilidad de cancelar el seguro a su vencimiento.

3. Comunicar la cancelación al menos un mes antes de la renovación.

Hemos visto como la aseguradora está obligada a comunicar con dos meses de antelación al vencimiento cualquier variación del contrato. También tiene dos meses si lo que quiere es rescindirlo.

¿Y el tomador o el asegurado?

El artículo 22.2 de la LCS establece que debes comunicar con al menos un mes de antelación a la conclusión del período del seguro en curso, tu deseo de cancelar el contrato. Y deberás hacerlo por escrito.

Una mención especial merece la contratación online. Si este es tu caso y después de contratado cambias de opinión, tienes 14 días naturales para desistir.

Cuando tu vinculación con la aseguradora es a través de un seguro colectivo, donde el tomador del seguro anticipa el pago de la prima, solo a él debes comunicarle tu deseo de cancelar el contrato.

Comunica la cancelación a través de un medio del que te quede registro. Trata de evitar hacerlo a través del teléfono 902 de atención al cliente o el formulario de contacto de la web.

4. El comienzo de un periodo de carencia.

Una de las condiciones que tiene el seguro de salud, es el establecimiento de carencias cuando se contrata. La carencia es el periodo de tiempo que media entre la contratación y la entrada en vigor de determinada cobertura del seguro. Te recomiendo la lectura de Como elegir un buen seguro médico: 15 consejos para hacerlo bien.

Cuando cambias de aseguradora, esta te puede incluir en tu póliza nuevos periodos de carencia que ya habías pasado. Es muy importante que esta circunstancia la tengas en cuenta antes de tomar la decisión de cancelar el seguro.

5. ¿Qué pasa con las preexistencias o si estoy en tratamiento?

Seguramente cuando contrataste el seguro de salud por primera vez, tuviste que rellenar un cuestionario de salud. En él informabas a la aseguradora de tu historial médico. Ahora, al cambiar de compañía, te van a someter a una nueva evaluación con la que podrán excluirte de cobertura las patologías o enfermedades diagnosticadas. También es posible que te excluyan las asistencias que puedan estar relacionadas con patologías ya curadas.

Actualmente las aseguradoras, cuando se trata de seguros colectivos o en determinadas promociones comerciales, no incluyen carencias o preexistencias en sus propuestas. Pero cuidado, no te fíes de la letra grande de los folletos comerciales.

Conclusiones

Si quieres cambiar tu póliza de aseguradora o prescindir de ella, solo tienes que seguir unos sencillos pasos para dar de baja el seguro de salud.

Informarte de las nuevas condiciones que te ofrecen. Analizar las coberturas, las limitaciones, si tienes periodos de carencia o cuantos años te garantizan el precio.

Después de tomada la decisión, el siguiente paso es informar a la compañía de que cancelas el contrato. Te recuerdo que debes hacerlo al menos un mes antes de la fecha de vencimiento de la póliza, es decir, antes del 30 de noviembre.

Y por último, dejarnos tu respuesta en los comentarios a la pregunta:

¿Estás contento con tu aseguradora de salud o has pensado en cambiar a otra?

Imagen gentileza de Pixabay

Escrito por Carlos Destrada

Autor y fundador de este sitio. Bloguero, consultor y autodidacta de vocación, aún me entusiasmo con el mundo de la informática y la web 2.0. Publico contenidos relacionados con el seguro, sector profesional en el que he pasado más de una vida. Por lo demás, ejerzo de ciudadano del mundo.

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Comentarios

11 Comentarios

  1. Almudena

    Buenas tardes,

    Me gustaría saber si un motivo para poder dar de baja el seguro médico sin tener que esperar el plazo establecido para hacerlo es el incumplimiento de la ley de protección de datos. Tan solo llevo 3 meses con ellos, pero creo que mi seguro está vulnerando mis derechos y quisiera darlo de baja, ¿cómo podría asegurarme de ello?

    Muchas gracias,

    Responder
    • Carlos Destrada

      Gracias Almudena, pero si crees que se están vulnerando tus datos, lo aconsejable es presentar una queja o reclamación en el Servicio de Atención al Cliente y si la vulneración afectase a los datos sobre la salud, denunciarlo a la Agencia de Protección de Datos, para que ese tipo de prácticas no se repitan.
      Saludos cordiales,

  2. Pedro

    Buenos días Carlos,

    Tenía una duda bastante concreta. Tengo póliza de salud con Caser y me cumple el 31 de Diciembre. Debido a que mi mujer tiene una poliza familar de empresa y me puede incluir en ella he decidido cancelarla.

    Mi sorpresa es que al llamar telefonicamente hoy me dicen que no pueden cancelar al renovación porque ya falta menos de un mes para dicha renovación y según he lido en tu Blog parece que es cierto.

    ¿Tengo alguna alternativa?

    Gracias de antemano y un saludo.

    Responder
  3. Valeria

    Buenas noches,

    Mi problema es con Sanitas, mas de lo mismo, hace unos 4 días quería darme de baja, me comentan que es imposible por no haber avisado con un mes de antelación, mi renovación es el día 2 de Noviembre, se que no está en los plazos, pero les comuniqué por escrito que me era imposible afrontar tal gasto ya que mi situación no me lo permitía, y más cuando me han subido la prima sin tener ningún tipo de aviso (Según articulo 21 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro. Se necesita el consentimiento expreso del tomador, para la modificación del contrato del seguro, entiendo). Me comunican que me enviaron un email, yo los correos por spam no los abro ni si quiera me paro a mirar que me han enviado y entiendo que vía email no es un método legal para comunicarme dicha subida, también me comentan que me han enviado una carta, no he recibido ninguna. Con todo ello mi pregunta es ¿ Es tan imposible darme de baja? ¿Me tengo que esperar hasta el 2 de octubre del 2019?, les comuniqué que los siguientes recibos se darán de vuelta porque no habrá dinero en la cuenta ¿ que me puede acarrear la devolución de los recibos?…

    Muchisimas gracias Carlos.

    Responder
    • Severo

      Si me excluyen alguna patologia es motivo de anular la poliza sin consecuencias

  4. Carles La Rosa

    Suelo comentar a mis amistades que estamos en el país del latrocinio legal. El caso de las mutuas de salud es uno de ellos. Mi madre ha pagado un seguro de salud durante más de medio siglo. Concretamente desde 1964. Cuenta actualmente con 90 años y en los tres últimos le han subido un 40% la prima, a pesar de que aún goza de un buen estado de salud y por tanto no ha utilizado los servicios médicos contratados más que en contadas ocasiones. Al llamar para darla de baja me confirman que debemos pagar hasta diciembre.
    En fin, aprovecharemos, eso sí, para que la revisen completamente, puesto que en los cincuenta y cuatro años anteriores ha hecho tan poco gasto.
    Y luego, esos políticos a los que pagamos sueldos, dietas y gastos de representación, nos dicen que el sistema de la Seguridad Social es deficitario y que debemos suscribir seguros privados! pues que empiecen por aprobar leyes más justas! digo yo.

    Responder
  5. mari

    Buenos días , desde hace 20 años estoy con la mutua medica de la Aliança, que ahora es la Divina pastora. El pasado día 21 de febrero les pedí , que me enviaran una copia de mi póliza. Cada vez que la reclamo, me dan excusas tontas. como que la tienen que buscar y escanear. Hasta que punto están obligados a enviármela y en que plazo desde que la solicite?.

    SALUDOS Y GRACIAS

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Mari:
      Gracias por tu participación.
      La compañía debe facilitarte una duplicado de la póliza, lo único es que no hay plazo para hacerlo.
      Un saludo,
      Carlos

  6. Alejandro

    Hola , estoy con sanitas mi contrato se inició el 2017-02-01 y está do a dia 2018-01-18 puedo darme de baja .
    Estoy enestos momentos desempleados y no puedo asumir los gastos .
    Gracias espero respuesta .

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Alejandro:

      Como has podido leer en el artículo el asegurado y el asegurador deben cumplir su parte del contrato de seguro. Si revisas de nuevo el contenido del post es posible que encuentres la solución.

      Este espacio está destinado a comentar los contenidos, las preguntas las respondo a través del canal privado para suscriptores que encontrarás al pie del post o en ¿Te ayudo? del menú del sitio.

      Un saludo
      Carlos

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