Los lesionados en accidente de tráfico podrán solicitar una pericial forense, y gratis.

La despenalización de los accidentes de tráfico llevada a cabo en 2015 con la reforma del código penal dejaba a las víctimas desprotegidas, sin el recurso de la pericial forense, frente a la aseguradora que...
21/12/2015
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La despenalización de los accidentes de tráfico llevada a cabo por el gobierno del PP con su reforma del código penal dejaba a las victimas sin el recurso de la pericial forense, desprotegidas frente a la compañía de seguros responsable.

Menos mal que han corregido la vía de agua poniendo un tapón con rejilla.

El sábado el BOE publicaba el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor. 

Su entrada en vigor coincide con la del baremo de indemnizaciones de tráfico y pretende ser un mecanismo rápido, seguro y efectivo para que la víctima de un accidente pueda ser indemnizada por las lesiones sufridas.

Se trata de una vía alternativa a la jurisdicción civil cuyo objetivo parece ser el que los perjudicados y las aseguradoras puedan llegar a acuerdos sobre las indemnizaciones, permitiendo al perjudicado cobrar antes ahorrándose los costes de un procedimiento civil.

¿Quién puede solicitar la pericial forense?

La aplicación objetiva de esta norma se circunscribe a la emisión del informe forense de valoración del daño corporal sufrido con ocasión de un accidente de tráfico en el marco de una reclamación extrajudicial y en caso de disconformidad con la oferta motivada realizada por la aseguradora.

En consecuencia con lo anterior parece lógico que la norma establezca que solo podrá ser solicitada la pericial forense:

A) De común acuerdo entre la entidad aseguradora y el perjudicado, entre los que se incluye la victima del accidente, y en caso de fallecimiento de esta alguno de sus beneficiarios.

B) Por la propia víctima en aquellos supuestos donde no exista acuerdo con la aseguradora. Cuando sea únicamente la victima quien lo solicite, el Instituto forense se lo comunicará a la entidad aseguradora.

¿Cuál es el procedimiento para solicitarla?

Primero debes saber que el ámbito de aplicación es todo el territorio nacional. Además solo serán competentes para realizarla los IMLCF de tu lugar de residencia o del lugar de ocurrencia del accidente.

Las solicitudes tienen que ser presentadas en el propio instituto de medicina legal, en el organismo común de la administración pública correspondiente o por medios electrónicos utilizando el modelo incluido en esta norma.

Será condición indispensable adjuntar a la solicitud la oferta motivada que la compañía de seguros haya realizado según lo previsto en el art. 7.2 del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

También será requisito que firmes el consentimiento informado autorizando:

  • El acceso al historial clínico que sea de exclusivo interés en relación con accidente sufrido.
  • Para la realización de exámenes o pruebas complementarias cuando el médico forense los considere necesarios.
  • Y para ceder a la compañía de seguros los resultados de las pruebas realizadas.

Recuerda que tienes que acompañar la solicitud con toda la información médica y del accidente de que dispongas. En caso de error en la solicitud, vas a tener un plazo de 10 días para corregir los defectos.

También se establecen los mecanismos para recurrir en caso de no ser admitida la solicitud de la pericial forense.

¿Es gratis la pericial forense, o quién la paga?

Hemos visto quien puede solicitarla y cómo hacerlo pero seguro que te preguntas:

¿Y quién paga, porque no será gratis?

Se trata de un servicio público prestado por una institución pública, y hay que pagar. Sin embargo en esta ocasión, la condición de ciudadano te libera del pago. ¡Para ti es gratis!

La contraprestación económica que se establezca por la pericial médica será siempre por cuenta de la aseguradora. Además no podrá negarse al pago tanto si la petición es conjunta como si únicamente la solicitas por ser un perjudicado.

Tendremos que espera hasta el 1 de enero para ver cómo funciona. Y si con ello se cumplen los objetivos de que sea un mecanismo rápido, eficaz, solvente y objetivo. Al menos parece que se han puesto las bases para ello, aunque no sé si los medios, ya que la disposición no contempla ningún tipo de incremento presupuestario para llevarla a cabo.

¿Crees que es suficiente para que el ciudadano cobre una indemnización justa por las lesiones de un accidente de tráfico?
¿Tienes alguna alternativa diferente?

Te toca, déjanos tu comentario en la cajita que tienes un poco más abajo.

Imagen gentileza de Pressfoto – Freepik

Escrito por Carlos Destrada

Autor y fundador de este sitio. Bloguero, consultor y autodidacta de vocación, aún me entusiasmo con el mundo de la informática y la web 2.0. Publico contenidos relacionados con el seguro, sector profesional en el que he pasado más de una vida. Por lo demás, ejerzo de ciudadano del mundo.

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Comentarios

23 Comentarios

  1. Conchi

    Buenos días, mi duda es la siguiente, querria solicitar un informe extrajudicial de medico forense para el caso de una persona atropellada , es posible solicitarlo en este caso? Muchas gracias

    Responder
  2. Concepcion Freire Souto

    Buenas tardes, mi duda es la siguiente, para solicitar el medido forense en via extrajudicial ¿ tengo necesariamente que presentar denuncia o no hace falta ? Gracias

    Responder
    • Carlos Destrada

      Gracias Concepción, si relees de nuevo el artículo verás que no es necesario presentar denuncia, pero sí que debe existir oferta motivada de la aseguradora.
      Saludos cordiales,

  3. AITOR

    Buenas tardes!

    Mi consulta es la siguiente: el hecho de solicitar un reconocimiento y el correspondiente informe por parte del IMLF, interrumpe el plazo de caducidad para la presentación de demanda judicial?

    El plazo de caducidad desde la fecha del accidente, vence dentro de 2 semanas. Si, por tanto, se solicita dicho reconocimiento, vía extrajudicial interrumpe ese plazo y en su caso, hasta cuándo? Hasta que se emita el informe?

    Muchísimas gracias, saludos.

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Aitor.
      El plazo de prescripción cuando se trata de daños corporales empieza a contar desde que se alcanza la estabilización de las lesiones, con el alta médica. A partir de ahí, un año.
      Cualquier comunicación a la aseguradora o de la aseguradora relativa a esto, interrumpe la prescripción.
      Un saludo,

  4. pilar

    Buenas noches. He solicitado revisión por parte de medico forense en el IMLCF, me acaban de enviar una carta a en la que me vuelven a pedir, documentación ya enviada, informe medico de alta, oferta motivada desglosada, aseguradoras implicadas en el accidente y el envío de un consentimiento informado para la realización de pruebas, y he de enviarlo en un plazo de 10 días contando desde hoy.
    Volvere a enviar todo, pero no consigo encontrar el consentimiento informado, pensaba que habría algún formulario o documento preforma y no lo encuentro.
    Si alguien me puede echar un amano

    Gracias de anemano

    Responder
  5. guillermo

    Buenos dias,
    He leido sus blogs, y me queda una duda, para los accidentes antes de 31 dic 2015, por ejemplo mi caso, septimbre 2015, puedo pedir forense al instituto medicina legal ? o tengo que pagar uno privado
    o como lo hago,
    gracias de antemano

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Guillermo:
      Ante todo gracias por tu participación.
      La mayoría de los accidentes de tráfico quedaron despenalizados con la reforma penal de julio de 2015. La valoración forense forma parte del procedimiento penal, en el cual había que presentar la denuncia en los seis meses siguientes al accidente.
      Antes y ahora, si la reclamación se realiza mediante una reclamación civil, la valoración de las lesiones debe de hacerlas un perito médico privado.
      Un saludo,
      Carlos

    • MARIA

      buenas tardes. queria que me aclarara lo del médico forense privado… mi abogado ha negociado extrajudicialmente con la compañía, y tengo oferta motivada…he solicitado ser visto por el instituto de medicina legal…¿ es correcto verdad? Si no estoy de acuerdo puedo ir después a reclamar en vía civil con mi medico privado ? y por otro lado…me ha comentado que solicitar el forense al instituto de medicina legal es gratuito y que interrumpe el plazo de prescripción hasta que se emita el informe …es eso cierto? Porque se va a cumplir en unos días 1 año desde q me dieron oferta motivada

    • Carlos Destrada

      Hola Maria,

      En primer lugar agradecer tu participación en los comentarios.

      El médico forense nunca es privado, se trata de un funcionario público al que se puede acudir como parece que has hecho tú, asesorada por tu abogado, para quien su principal objetivo es conseguirte la mejor indemnización posible.

      Si relees el artículo, veras que tus preguntas están respondidas en su contenido.

      Un saludo,
      Carlos

  6. REbeca

    Buenos días, me ha venido una señora al despacho, porque la aseguradora le ha dejado de dar la rehabilitación, porque consideran que los daños del vehículo no son para tanto, a pesar de que los médicos no han estado de acuerdo con el alta, le han dado el alta con secuelas. El caso que a pesar de ser ella la que conducía como el vehículo no es suyo no le dan asistencia jurídica.
    Ella lo que quiere es que le sigan con la rehabilitación podría solicitar un informe forense a ver si la compañía continua con la misma, ¿Cómo tendría que solicitarlo?

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Raquel:
      Ante todo te agradezco tu participación.
      En el artículo has podido leer cual es el procedimiento para solicitar la pericial médica, donde hacerlo y que requisitos previos se tienen que dar, como es tener una oferta motivada de la aseguradora responsable.
      Si quieres que te amplíe la información o necesitas algo más, utiliza el canal privado para suscriptores al que puedes acceder a través del enlace ¿Te ayudo? que tienes en el menú de la página.
      Un saludo,
      Carlos

  7. arturo gonzalez

    Tenia una duda. Resulta que estoy defendiendo a una señora(persona 1) que choco a otra persona(persona 2) que tenia el semaforo en amarillo y la persona 1 que mencione dio vuelta a la izquierda no tomando en cuenta que el que viene de frente tiene preferencia segun el art. 65 del reglamento de transito municipal.
    Ya que estoy defendiendo a la persona 1, la cual esta siendo denunciada por lesiones culposas por el choque, quiero saber si tiene derecho a una pericial para saber la velocidad a la que venian ambas partes, las señales de transito, etc, para que de alguna manera pueda zafarme de la denuncia de la persona 2 por alguna razon que este dejando pasar. Gracias, me urge.

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Arturo,

      Como has podido leer en el artículo, la pericial forense está limitada a la valoración de las lesiones sufridas por la victima del accidente. Si no hubo intervención de la autoridad levantando atestado, el informe de reconstrucción del accidente que planteas es privado, por lo que los honorarios por su elaboración son por cuenta de quien lo encarga.

      Un saludo,
      Carlos

  8. Juan Maria

    Los accidentes ocurridos entre julio y el 31 de diciembre de 2015, no tienen la posibilidad de solicitarlo aunque sea el solicitante quien lo pague? Es una indefensión absoluta. Alguna idea de que hacer sin tener que morir en una pericial privada? Basicamente por la falta de objetividad. Gracias, un saludo.

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Juan Maria,
      Si, si, son seis meses en los que la despenalización de los accidentes de tráfico cierra la puerta a ser valorado por el forense.
      Afortunadamente, esta situación de privilegio para las aseguradoras, se corrigió parcialmente después de seis meses de despropósito.
      No queda otra, si no hay acuerdo con la valoración de la aseguradora, que ir a una valoración privada, con idéntico o parecido grado de objetividad que la de la compañía. En caso de llegar a juicio, podrá ser un tercer perito médico quién establezca la valoración definitiva.
      Gracias por tu participación
      Un abrazo!

  9. Sergi

    Saludos y felicidades por el artículo. Es un oasis en medio del desierto de google donde solamente hay información desactualizada o errónea.

    Querría preguntar si, después de 6 meses de la entrada en vigor de dicha normativa, esto funciona así en la práctica?

    Muchas gracias de antemano, un saludo y repito: felicidades por tan buen post.

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Sergi,
      En primer lugar darte las gracias por visitar la página y por tu comentario.

      Sobre lo que planteas, depende de a quien preguntes te dirá una cosa o la contraria.

      El vuelco legislativo ha sido importante y el periodo de adaptación requerirá de tiempo, de medios y de voluntad, algo de lo que seguramente adolece la administración y las aseguradoras.

      Si te has fijado, para acudir al forense se tienen que cumplir una serie de requisitos directamente ligados a la actuación de la aseguradora de turno. Es en este punto donde algún abogado amigo me dice que están siendo muy rigurosos, desestimando las peticiones que no los cumplen.

      Un abrazo.

      Carlos

  10. EUGENIO

    Buenas noches, Carlos

    Te felicito por tu artículo. Sinceramente creo que es sumamente valioso para los profesionales que nos dedicamos a la siempre complicada tarea de ayudar a los demás a que se haga justicia. Alguien debería de montar una plataforma para hacer ver a los políticos que los ciudadanos no somos tontos y que sabemos que detrás de muchas reformas legales están los poderosos lobbys, que consiguen sus objetivos de forma silenciosa, a golpe de decreto.

    Responder
    • Carlos

      Gracias Eugenio por tu comentario.
      Desgraciadamente es así, en demasiadas ocasiones se legisla pensando en los que más tienen y olvidánďose de la mayoria.
      Saludos.

  11. Isabel Fernandez Fernandez

    Me parece muy útil, porque habrá siempre lesionados que no cuenten con ingresos para poder acudir a una medicina privada y sabemos que la Seguridad Social, cuando se trata de accidentes de tráfico no quiere hacerse cargo del seguimiento medico. Por tanto es una salida a estas situaciones. Y efectivamente, una salida igualmente para que intervenga un Perito Medico que sea imparcial y objetivo.

    Veremos como funciona todo con el nuevo Baremo, al principio nos vamos a ver todos un poco desbordados.

    Responder
    • Carlos

      Gracias Isabel por tu comentario.

      Tienes toda la razón porque para muchos este puede ser el único recurso de tener una valoración objetiva que favorezca el acuerdo amistoso con la aseguradora.

      Ya solo falta que el servicio sea eficaz a pesar de que no parece que le vayan a dotar de más medios.

      Mil gracias,

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