¿A quién beneficia el nuevo baremo de tráfico?

¿Sabes? Desde hace unos años estoy escuchando que el baremo de tráfico se esta revisando. Y sí, ya esta aquí, revisado. Y sí, una vez más, quien sale perjudicado es el ciudadano...
20/06/2015
"

¿Sabes? Desde hace unos años estoy escuchando que el baremo de tráfico se está revisando, y en los últimos meses cobraba fuerza que la revisión ya estaba hecha.

Y sí, ya está aquí.

Y sí, una vez más, quien sale perjudicado es el ciudadano.

El lobby asegurador lo ha vuelto a hacer. Por ley han conseguido que desaparezca del nuevo baremo de tráfico el llamado “latigazo cervical”.

De un plumazo se van a ahorrar tener que indemnizar el 85% de los accidentes de tráfico donde haya víctimas.

¡Y todo, por la sospecha de fraude de las víctimas con lesiones cervicales!

Según Unespa, la patronal del sector, los intentos de fraude en los pequeños accidentes de coche suponen unos 750 millones de euros, en torno al 10% de las indemnizaciones que pagan. Sin embargo solo han dejado de pagar por este motivo a poco más del 5% de las 400.000 víctimas registradas el año pasado.

¿El ciudadano pierde con el nuevo baremo de tráfico?

El pasado mes de abril entro en el Congreso el proyecto de ley para reformar el actual sistema de indemnización para las víctimas de los accidentes de tráfico.

La propuesta que ha sido aplaudida por del sector asegurador (se diría que hasta la ha redactado) también ha sido apoyada por asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico que parece que solo se han quedado con la parte positiva: el aumento de las indemnizaciones en casos de fallecimiento o secuelas graves.

Desde luego han obviado que los nuevos criterios benefician a las aseguradoras y, si no hacen locuras con las primas, verán cómo aumentan los beneficios obtenidos por el seguro del automóvil.

Las estadísticas dice que en los últimos años ha disminuido el número de fallecidos en accidente de tráfico. También se ha reducido el número de lesionados graves, pero los leves han ido en aumento. Y son estos, por su volumen, los que deciden los resultados de las aseguradoras.

Cuando entre en vigor la reforma, enero de 2016, la víctima con daños cervicales, los más habituales, para cobrar la indemnización tendrá que acreditar que los padece. Y lo deberá hacer mediante una prueba médica objetiva. Las radiografías, TAC o resonancias todavía no tienen la capacidad de medir algo tan subjetivo como es el dolor. El campo está abonado para que las aseguradoras no tengan que pagar.

Además, por si acaso acreditas la lesión, han eliminado las secuelas correspondientes a cada región anatómica de la columna vertebral (cervical, dorsal, lumbar, sacro y coxis). Las han agrupado en una sola: el conjunto de la columna vertebral. Con el baremo actual, por la existencia de algias cervicales y lumbares podías sumas 10 puntos, ahora serán 5.

¿Las compañías de seguros salen ganando?

Según la DGT, el 90% de los accidentes con víctimas que se producen son leves. De ellos el 5% tiene secuelas diferentes a las lesiones de columna, por tanto las medidas incorporadas con esta reforma van a hacer que las aseguradoras salgan doblemente favorecidas:

  • Podrán compensar, con la desaparición de las reclamaciones por las lesiones leves, el incremento que tendrán que pagar por los casos de fallecimiento y secuelas graves.
  • Si se reducen las reclamaciones, podrán ajustar sus gastos fijos de personal.

Pero es que además la reforma pretende que haya una reparación integra de los daños y perjuicios sufridos por las víctimas o sus beneficiarios, pero esta reparación no se hace íntegramente a cargo de las aseguradoras, sino que una parte va a recaer en el contribuyente por cuanto las pensiones públicas que puedan percibir estos (pensión de viudedad, orfandad), será tenidas en cuenta y detraídas de las indemnizaciones correspondientes al perjuicio patrimonial en caso de fallecimiento. Algo parecido ocurre con las pensiones públicas de invalidez para los casos de secuelas permanentes.

Conclusión

Antes de terminar con el post, recordemos algunas de las novedades de este nuevo baremo de tráfico.

En caso de tener un accidente de consecuencias graves podrás cobrar una indemnización mayor que ahora.

Los gastos de asistencia sanitaria futuros por las secuelas sufridas los pagará la aseguradora de turno. Siempre, claro está, que la gestión de la sanidad pública sea eficaz y eficiente.

Y en enero de 2016, bajo el pretexto del incremento de las indemnizaciones, el recibo del seguro será más caro.

Le pongo un punto y seguido al tema, porque estoy seguro que dará para nuevos artículos que podrás leer aquí.

No puedo resistirme a hacerte la siguiente pregunta.

¿Qué te parece esta medida que restringe las indemnizaciones por las lesiones de menor entidad, pero más frecuentes?

Imagen gentileza de Pixabay

Escrito por Carlos Destrada

Autor y fundador de este sitio. Bloguero, consultor y autodidacta de vocación, aún me entusiasmo con el mundo de la informática y la web 2.0. Publico contenidos relacionados con el seguro, sector profesional en el que he pasado más de una vida. Por lo demás, ejerzo de ciudadano del mundo.

Artículos relacionados

Comentarios

2 Comentarios

  1. plegadora chapa madrid

    Impresionate, formato de tu blog! ¿Cuanto tiempo llevas bloggeando? haces que leer en tu blog sea ameno. El aspecto total de tu web es bien pensado, al igual que el material contenido!
    Saludos

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola,

      Agradezco mucho tu comentario porque opiniones como la tuya, animan a seguir adelante.

      Un abrazo,
      Carlos

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Al rellenar el formulario das el consentimiento expreso al tratamiento de tus datos (guardar el comentario y tus datos del formulario en el blog) conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

  • Responsable del fichero: Carlos Destrada.
  • Finalidad: Gestión de los comentarios.
  • Legitimación: Tu consentimiento.
  • Destinatario: Tus datos serán alojados en mi plataforma de hosting Webempresa (UE).
  • Derechos: Derecho al acceso, rectificación, portabilidad y olvido de los datos según nuestra política de privacidad.

OFERTA ESPECIAL

Ahora tienes la oportunidad de conversar con un experto y acceder gratis a los mejores consejos y trucos sobre seguros de la web.


He leído y acepto la política de privacidad *

 

You have Successfully Subscribed!

¿QUIERES HACER UNA CONSULTA AHORA?

Suscríbete, consigue acceso inmediato al formulario de consulta


He leído y acepto la política de privacidad. *

You have Successfully Subscribed!

RELLENA ESTOS DATOS

Accederás gratis a todos los recursos, prácticas guías y manuales creados expresamente para ti 


He leído y acepto la política de privacidad. *

You have Successfully Subscribed!

Pin It on Pinterest

Share This