¿Quién paga los daños del coche en una colisión múltiple?

por | Actualizado: May 24, 2020 | 3 Comentarios

¿Sabes que tiene en común estar parado en un semáforo, en la entrada a una rotonda o metido en una retención de tráfico? Pues que tienes muchas posibilidades de sufrir una colisión múltiple y empezar a preguntarte sobre quien paga los daños de tu coche.

El sentido común te dice que quien paga los daños es el que los causa, pero ¿estás seguro que en todos los casos es así?

Los accidentes con colisión múltiple son más frecuentes de lo que piensas. Una distracción, un exceso de confianza o de velocidad y ¡zas! ¡crash!… El coche de detrás te ha dejado sin maletero y tú te has dejado el frontal en el que te precede.

Como hablamos de seguros, la colisión múltiple es el siniestro de automóvil que más conflictos genera. Además de los daños materiales y personales que se pueden ocasionar, también se presta a conflicto cuando se trata de determinar la culpabilidad del accidente. Pequeños matices al rellenar la declaración de accidente pueden dejarte sin reparar los daños del coche.

Mientras que sobre el papel resulta sencillo, puede que no lo sea tanto cuando son varias las colisiones o muchos y de distintos tipos los implicados.

También puedes pensar: para que quiero saberlo. Ya me lo dirá el seguro. Además, si tengo el coche a «todo riesgo» que más me da.

¡Error! La culpabilidad comienza a establecerse en el momento de rellenar la declaración de accidente.

Si quieres tomar el control y no perderte en creencias erróneas, este artículo es para ti.

Acompáñame durante 4-5 minutos y te prometo que cuando llegues al final, verás que te ha merecido la pena.

¿Sabrías distinguir quien tiene la culpa según el tipo de colisión?

Qué te parece si empezamos por el principio y te hablo sobre los diferentes tipos de colisión múltiple en los que te puedes ver implicado.

Colisión con lanzamiento

Te has detenido en un semáforo, tienes un coche (C) delante y el que circula detrás de ti (A) no se ha detenido a tiempo y golpea a tu coche (B) por detrás. Con la inercia del impacto te ha lanzado contra el de delante, chocando con él.

Cuando esto ocurre se dice que ha habido lanzamiento. En contra de lo que algunos piensan, el responsable del accidente es del primer vehículo (A) que golpea por detrás.

Determinar correctamente la secuencia de los hechos será fundamental para que la reparación de tus daños no se quede solo en la parte trasera.

Doble colisión trasera

Es un tipo de accidente parecido al anterior, pero en esta ocasión no te ha dado tiempo a parar y has golpeado por detrás al coche que te precede (C). Al que circula detrás de ti (A) le ocurre lo mismo y se deja el frontal empotrado en tu maletero (B).

No tienes dudas, los daños delanteros de tu coche te los vas a tener que pagar, ¿porque no decir que ha habido lanzamiento?. Eres legal y ni siquiera has pensado en ello, pero verás que no conviene despistarse.

Un tercero causa una colisión múltiple.

Circulas normalmente cuando de repente por tu derecha aparece un vehículo que se ha saltado un stop. Tu maniobra evasiva te ha llevado a chocar de frente contra otro coche que a su vez ha sido colisionado por detrás por otro vehículo.

Desde luego, el coche que se salta el stop tiene su grado de responsabilidad en el accidente, pero ¿sabrías decir si es el único culpable?

La complejidad de estos accidentes hace que en ocasiones a las aseguradoras implicadas les resulte difícil determinar qué grado de responsabilidad les toca asumir, por eso pusieron en marcha diferentes mecanismos con los que establecer quien paga por los daños registrados en el siniestro.

En una colisión entre dos vehículos, para saber quien paga los daños, te recomiendo la lectura de Los daños materiales del coche ¿Quién los paga si no tengo la culpa?

La solución al siniestro empieza con la declaración de accidente

¿Pero cómo es posible que mi compañía diga que soy culpable, si el otro se saltó un stop?

¿Y el atestado que dice? ¿Y los otros implicados que han declarado?

Seguro que no se te escapa que en la elaboración del atestado las declaraciones de los implicados tienen su relevancia.

Y también pueden serlo para tu aseguradora al tramitar el siniestro. Por eso te conviene saber que puede pasar en una reclamación por convenio cuando se dan determinadas circunstancias.

En caso de contradicción con el atestado, prevalece lo reflejado en el atestado.

Sirva un ejemplo para tu pregunta: La autoridad te imputa la responsabilidad del accidente por exceso de velocidad, aunque el otro no respeto la prioridad de paso. Por convenio la compañía de quien se salta la preferencia atenderá los daños de su asegurado.

La autoridad considera que existe concurrencia de culpas, pues las aseguradoras no lo tendrán en cuenta y resolverán según las normas del convenio.

Tendrás que tener mucho cuidado con la versión que das del accidente. Si la que consta en el atestado contradice a la que facilitaste a la compañía, la que prevalece es la primera.

Por último, que no quiero agobiarte más. Cuando dos o más versiones coinciden en señalar a un único culpable del accidente, se aplicaran las normas de convenio aunque sean opuestas a la realidad de los hechos.

Has podido comprobar como es en la declaración de accidente donde comienza la solución favorable del siniestro.

Tienes toda la información en 7 Consejos para rellenar la declaración amistosa de accidente

Para ayudarte desde el principio, tienes a tu disposición esta guía gratuita que te puedes descargar aquí.

Como gestionan las aseguradoras una colisión múltiple

Para gestionar los siniestros distintos de los convenios CIDE-ASCIDE, las aseguradoras pusieron en marcha el acuerdo SDM.

El objetivo, según dicen las aseguradoras, es aumentar la eficacia, simplificando trámites y agilizando el pago de los daños. Pero como todo acuerdo unilateral (aseguradoras) no siempre satisface a quien pretende beneficiar (asegurado).

Cuando se aplica el acuerdo SDM

Al igual que en los convenios de indemnización directa, el primer requisito es que las aseguradoras de los implicados estén adheridas, a partir de ahí, el convenio toma efecto si te ves implicado en alguno de estos casos:

  • En el siniestro intervienen más de dos vehículos.
  • No hay colisión directa entre los vehículos implicados.
  • Existen daños materiales producidos por la carga desprendida asegurada mediante póliza de responsabilidad civil general.
  • Se producen daños materiales ajenos a los del vehículo (objetos personales, lucro cesante).
  • Cuando intervienen dos vehículos y los daños materiales superan el límite de la responsabilidad civil obligatoria (15.000.000 euros).
  • Siniestros resueltos por CIDE-ASCIDE que son susceptibles de reclamación por parte de la entidad que resultó deudora.

Solamente si has sufrido daños corporales o al causante del accidente le son de aplicación las exclusiones previstas en la ley, el acuerdo no será de aplicación.

Cómo se tramita la reclamación

Si has llegado hasta aquí es porque te consideras inocente del accidente y quieres saber cómo se va a tramitar tu reclamación.

1. Tu compañía reclamará a la aseguradora del supuesto responsable

2. Esta aceptará o rehusará la reclamación. Si la acepta pasa directamente al punto 3.3. Pero si no la acepta tendrá que argumentar los motivos por los que la rehúsa.

Cuando el rehúse es porque el responsable del siniestro es otro, la reclamación se seguirá contra su compañía. Si los motivos fuesen otros, el convenio podría darse de baja y se terminaría la fase de reclamación amistosa.

En este caso te aconsejo la lectura del articulo ¿Tengo derecho a elegir abogado libremente?

Todo ha ido bien y han aceptado la reclamación, vamos a ver qué pasa con los daños.

¿Quién valora los daños del coche?

Llega el momento de valorar los daños que te han causado en el siniestro para lo cual las entidades firmantes del acuerdo asumen una serie de compromisos.

1. La entidad reclamante en el siniestro podrá peritar los daños de su asegurado, en cualquier momento de la tramitación, aun cuando no tenga contratados los daños propios del vehículo.

2. Cuando la valoración de los daños o su reparación, excede de 10.000 euros deberá invitar a peritar a la entidad responsable.

3. No será necesaria la intervención de perito en la sustitución o reparación de emergencia de determinadas piezas (lunas, faros, retrovisores, etcétera)

4. Si la reclamación es por daños ajenos a los vehículos, la valoración la realizará la compañía del responsable.

Una vez que tu aseguradora ha valorado los daños, te ha indemnizado o pagado la reparación, está en condiciones de reclamar a la compañía deudora la compensación establecida en el convenio.

El acuerdo establece un sistema de penalizaciones que persigue una mayor colaboración entre compañías. Pero como casi todo en seguros, primero es la rentabilidad económica.

Quien paga los daños del coche si no estoy de acuerdo con mi aseguradora

En las colisiones múltiples los daños suelen ser más cuantiosos, en cantidad e intensidad. Así las posibilidades de que el vehículo sea declarado pérdida total son mayores que en otro tipo de accidentes. Descubre qué ocurre en ese caso, cuando no estás de acuerdo con la valoración, se trata de saber quien paga al final los daños de tu coche.

Cuando es de aplicación el convenio SDM, si hay pérdida total, la entidad del perjudicado tiene la obligación de reparar o indemnizar sus daños aun cuando la reparación sea superior al valor de mercado del vehículo. Para establecer el valor de mercado no tendrán en cuenta los daños distintos a los causados en el accidente.

Tengo daños propios y me indemnizan por el valor venal, ¿es correcto?

El convenio no se fija en las garantías contratadas, sino la posición que ostentas en el accidente. Pero antes te decía que es una cuestión de rentabilidad y tu compañía argumentará todo lo necesario para justificar la indemnización propuesta.

Te hablaba de penalizaciones, el objetivo es que las compañías no dilaten la respuesta a la reclamación y resuelvan rápidamente el pago de los daños.

No olvides, en este caso, tu doble condición: asegurado frente a tu compañía y perjudicado ante la del culpable.

Por tanto, si como perjudicado no eres indemnizado o lo eres de manera insuficiente, puedes ejercer tu derecho para reclamar, judicial o extrajudicialmente, al causante y su compañía. El pago de la reparación de los daños equivale a ser indemnizado.

De su actuación ante tu reclamación y de la resolución final dependerá que una u otra pueda ser sancionada. Pero ten por seguro que esto no será impedimento para ponerte difícil las cosas.

¿Por qué te he contado todo esto?

Para que tengas una idea de cuáles son los tipos de colisiones múltiples en las que te puedes ver implicado.

Para advertirte que no debes dejar en manos de otros determinadas tareas como rellenar la declaración de accidente.

También debes vigilar que los hechos reflejados se ajusten a lo ocurrido, aunque intervenga la autoridad.

Que debes recordar lo que declaras en cada momento para no incurrir en contradicciones.

Depende de ti que la reclamación comience con buen pie, porque ya sabes cómo tramitan las aseguradoras las colisiones múltiples.

Antes te di la respuesta a la pregunta sobre quien paga los daños en una colisión múltiple: tu aseguradora y si no estás de acuerdo con ella, en último término te queda acudir al juzgado.

Y hasta aquí mi participación, ahora te toca a ti contarnos tu experiencia.

¿Te has visto implicado en algún lanzamiento, como lo resolvió tu compañía?

Estaré encantado de añadir tus comentarios al post y más adelante crear un megapost con todos ellos.

Imagen gentileza de Pixabay

Registro Área Privada

¿Eres usuario del Área Privada? ¡Descubre qué tenemos para ti!

Explora las ayuda digitales creadas especialmente.

Sobre el autor

Carlos

Carlos

El genio detrás de todo esto. Con años en el seguro, fusiona su experiencia técnica con su amor por la tecnología. Como bloguero, consultor y consumidor, simplifica el complicado mundo de los seguros. Descubre sus trucos, consejos y la magia que hace que el aseguramiento sea fácil de entender. Con él, ¡los seguros son pan comido!

3 Comentarios

  1. Antonio

    Mi coche estaba estacionado correctamente, se produjo una colisiòn
    mùltiple entre dos vehiculos,uno de ellos me golpeò la parte trasera
    abollando hacia el interior el portòn,hay atestado de la policia local,
    ya he dado parte al seguro,el cual me asegura que debo esperar al
    menos 30 dias hàbiles para que me comunique algo,pues esta en curso
    ya que la compania contraria aùn no se ha pronunciado,quiero saber
    algo màs al respecto.
    gracias

    Responder
  2. Angel Nuevo

    Hace 2 meses tuve un alcance por lanzamiento, los tres implicados hicimos un parte amistoso, en el que se reflejaba claramente lo ocurrido y donde los tres firmamos conformes, «Te has detenido en un semáforo, tienes un coche (C) delante y el que circula detrás de ti (A) no se ha detenido a tiempo y golpea a tu coche (B) por detrás. Con la inercia del impacto te ha lanzado contra el de delante, chocando con él.» exactamente esto fue lo ocurrido. Bien, llamé al seguro, llevé mi coche al taller, vino el perito, me arreglaron el coche, y ahora resulta que tengo que pagar yo la reparación!!! porque mi compañia dice que el parte amistoso no sirve de nada, que tiene que existir una declaración de responsabilidad por parte del coche A, y que ellos no me pagan nada hasta que un juez no me de la razón????????? Me siento engañado, estafado, perjudicado y de todo…
    Esto es así? Puedo reclamar de alguna forma?

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Angel:

      Agradezco tu participación pero este espacio está reservado para comentar el contenido del artículo y debatir sobre él.

      Si relees de nuevo el post verás que tienes la respuesta a tus preguntas, no obstante, si no las encuentras, haz clic en el enlace ¿Te ayudo? que hay en el menú del sitio, te llevará a un servicio para suscriptores donde podrás hacer tus preguntas, que responderé gustosamente.

      Un saludo,
      Carlos

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Al rellenar el formulario das el consentimiento expreso al tratamiento de tus datos (guardar el comentario y tus datos del formulario en el blog) conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

  • Responsable del fichero: Carlos Destrada.
  • Finalidad: Gestión de los comentarios.
  • Legitimación: Tu consentimiento.
  • Destinatario: Tus datos serán alojados en mi plataforma de hosting Webempresa (UE).
  • Derechos: Derecho al acceso, rectificación, portabilidad y olvido de los datos según nuestra política de privacidad.

¿Qué está pasando en el Blog?

Guía Maestra de Seguros

Registrate para recibir anticipadamente cada uno de los nuevos temas que componen esta guía excepcional.

OFERTA ESPECIAL

Ahora tienes la oportunidad de conversar con un experto y acceder gratis a los mejores consejos y trucos sobre seguros de la web.


He leído y acepto la política de privacidad *

 

You have Successfully Subscribed!

¿QUIERES HACER UNA CONSULTA AHORA?

Suscríbete, consigue acceso inmediato al formulario de consulta


He leído y acepto la política de privacidad. *

You have Successfully Subscribed!

Pin It on Pinterest

Share This