Mi hijo conduce mi coche ocasionalmente, tiene 19 años y acaba de sacarse el carné de conducir.
Recuerdas que en tu póliza del coche leíste algo así como que quedaba excluida la conducción del vehículo por un conductor menor de 25 años de edad y con menos de dos años de antigüedad en el permiso de conducir.
Lo primero es hablar con el mediador del seguro a ver que dice…
Vas a tener que pagar un montón… no merece la pena si es un chico prudente… para dos veces que coge el coche.
En tu caso, que contrataste el seguro por Internet, llamas al 902 de turno y la respuesta es que no puedes incluirlo. Sin más explicación, te niegan cualquier posibilidad de poner al retoño de conductor.
Son muchas las cláusulas limitativas incluidas por las aseguradoras en los contratos de seguro y muy pocos los tomadores que saben realmente lo que firman.
En este artículo nos vamos a centrar en una de ellas: cuando quien va a conducir el coche es menor de 25 años o es un conductor novel.
¿Qué pasa con el seguro si mi hijo conduce mi coche y tiene un accidente?
Es frecuente hacernos esta pregunta cuando los hijos empiezan a conducir nuestro coche y no se lo decimos a la compañía de seguros.
¡Puede ser tu ruina!
Esta sería la respuesta del cuñado pesimista o del que ha tenido una mala experiencia.
¡No pasa nada!
Seguramente esto es lo que te diría el amigo optimista.
Si hablamos del seguro obligatorio, esta es la respuesta más acertada. Pero no pienses que por las razones que dará tu interlocutor, porque en determinadas situaciones sí que pasa. ¡Y mucho!
Mi hijo conduce mi coche y la compañía no lo sabe
Se trata de la situación que se produce con más frecuencia. Y la razón es porque el precio del seguro se dispara cuando se declara un conductor menor o novel. En muchos casos te puede costar más del triple de lo que pagas tú.
En términos aseguradores, cada vez que tu hijo menor conduce tú coche se produce una agravación del riesgo asegurado. Esta circunstancia modifica las condiciones del contrato de seguro y tu aseguradora debería conocerlo.
El problema surge en caso de accidente porque, si conduce tu hijo, puedes quedar expuesto si es el responsable del accidente.
Sobre el papel, pensarás que es lo peor que podía ocurrir, pero no es del todo así.
De tener un accidente siendo el responsable, en virtud de las cláusulas de tu póliza de seguro, la compañía, una vez indemnizados los daños causados al tercero, podía reclamarte como tomador del seguro la cantidad pagada, alegando que el siniestro estaba expresamente excluido en base a las condiciones pactadas.
Defender la reclamación dependía de que el contrato no estuviese firmado o las cláusulas no se hubiesen aceptado expresamente.
Tengo el contrato firmado, ¿Entonces me pueden reclamar?
Pues bien, la Sentencia de 20 de noviembre de 2014 dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo, declara nulas las cláusulas que se incluyen en el seguro obligatorio de automóvil por algunas aseguradoras. Entiende que el derecho de repetición solamente cabe pactarlo en el contrato de seguro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la LRCSCVM, para el supuesto de que el conductor carezca de permiso de conducir.
Esta facultad de repetición, expresamente pactada en el contrato, se verá limitada a partir de ahora. La aseguradora no podrá reclamar lo pagado en el siniestro del que resultó responsable el conductor del vehículo menor de 25 años o con permiso recién obtenido.
No todo es lo que parece si tienes las cláusulas del contrato firmadas
Desde que se dictó esta sentencia por el Tribunal Supremo la aseguradora no podrá reclamar al tomador, conductor o propietario por lo que han pagado al perjudicado por la responsabilidad obligatoria aunque el conductor responsable no esté declarado en la póliza y se trate de un conductor menor o sea novel. Ahora, solo podrá repetir cuando no tenga carné de conducir.
Mi póliza de seguro incluye la cláusula y está firmada…
Pues cuidado si dejas el coche a tu hijo o a un conductor menor.
La excepción anterior únicamente hace referencia al seguro de responsabilidad civil obligatoria, no al resto de coberturas incluidas en tu póliza.
Que pasa entonces con el resto de garantías incluidas en el seguro del coche.
Lo normal es que si la aseguradora tiene conocimiento que el vehículo era conducido por una persona que no cumple las condiciones declaradas, rechace poner en marcha las coberturas voluntarias.
Así las cosas, si tu hijo es el causante del accidente, no se hará cargo de los daños del coche, si tienes contratados los daños propios.
Tampoco se hará cargo de la defensa jurídica del conductor en caso de que las causas y consecuencias del accidente terminen el juzgado.
De igual modo rehusará el pago de cualquier seguro de accidentes del conductor que se encuentre incluido en la póliza.
Y sobre todo, no se hará cargo de las indemnizaciones que excedan de los límites del seguro obligatorio.
Si el causante del accidente es el otro conductor implicado las consecuencias no son mucho más favorables a pesar de que los daños personales o materiales que te cause, los tendrá que pagar su aseguradora.
Lo malo es que tu compañía va a negarse a reclamar en tu nombre y correr con los gastos de la reclamación que tendrás que realizar por tus medios.
Tampoco activará, si las tienes contratadas, otras garantías. Al igual que si eres el responsable del accidente, entre otras coberturas no se hará cargo de los daños propios del vehículo.
Pero es que discutir esta posición del asegurador resulta complicado, a veces antieconómico por el importe que puedes reclamar e inviable si firmaste las cláusulas del contrato.
¡Pura cuestión de suerte!
Ahora es tu turno, déjanos tu respuesta a la siguiente pregunta en los comentarios.
¿Dejas el coche a tu hijo, está declarado en la póliza de seguro?
Imagen gentileza de Freepik
Leído y releído el artículo, no declarando a la Compañía de seguros la existencia de un/a conductor/a menor de 25/XX años y/o con menos de 2 años de carné me estoy arriesgando a no quedar correcta/completamente cubierto por la póliza contrata, no?
Por mucha Sentencia del T.S. que diga que sólo me pueden repercutir/repetir los gastos que abonen por siniestros causados por conductores sin carné.
Por un lado, porque pueden no poner en marcha diferentes coberturas necesarias para una defensa/reclamación adecuadas, como las que citas en el artículo.
Por otro, porque ya se habrán (se han) encargado de recoger en el clausulado de la póliza que, según el artículo 11 de la Ley del Contrato de Seguro, CONOZCO la obligación que tengo de notificar a la Compañía cualquier variación o agravación del riesgo, y concretamente que el coche puede ser conducido por un/a menor de XX años y/o con menos de 2 años de carné.
Y que, si al producirse el siniestro he incumplido tal obligación, pueden aplicarme la regla de equidad en el abono de las prestaciones que se generen. Que entiendo que quiere decir que no me van a repetir importes que abonen, sino que me van a abonar menos de lo que hubiera correspondido si hubiera pagado el suplemento adecuado, no?
Agradezco de antemano tu atención
Si cojo el coche de mi padre pero no estoy en el seguro y tengo un golpe o roce en otro coche pasa algo ya que me acabo de sacar el carnet y no estoy dentro del seguro de mi padre
Hola Secreto.
Gracias por tu participación y te recomiendo leer de nuevo el artículo porque ahí tienes la respuesta.
Un saludo,
Buenas tardes:
MI hijo mayor de 23 años y el carnet mas de tres años tuvo un accidente no estando incluido como conductor del vehículo, mi pregunta es:
La compañía contraria puede no indemnizarle por los días de Baja?
Los gastos jurídicos pueden no abonármelos? o en su caso aplicarme una reducción por agravación del riesgo o reducir la cuantía estipulada en póliza?
Entiendo que los daños del vehículo deben de abonarlo la compañía contraria a estar incluido en el accidente tres vehículos, no considerándose parte amistoso.
Gracias,
Hola José Luis, como has podido leer en el artículo, podría no darle cobertura a la reclamación de daños. De Las indemnizaciones por lesiones o daños del vehículo debe responder la aseguradora del causante.
Un saludo,
Quería hacerle una consulta sobre un caso
Le relató mi hijo tiene 18 años y tuvo un accidente hace dos semanas no lo habíamos metido todavía en el seguro porque de momento no iba a cojer el coche, el seguro del coche está con Fénix directo y me acaba de mandar un correo diciéndome que ya que la póliza excluye conductores de menos de 25 años o con menos de dos años de carnet nos harán repetición de gastos ocasionados. Eso es legal? Como tenemos que actuar? Y en dicho correo me pone que tengo 15 días de alegaciones. Un saludo y espero si respuesta
Hola María, en el contenido del artículo tienes la respuesta a tu pregunta. Si no te queda claro, haz clic en ¿Te ayudo? del menú principal.
Un saludo
SI SE LO DEJO Y NO NO ESTA INCLUIDO
Hola Anna:
Agradezco tu comentario y deduzco que tienes plena confianza en quien le dejas el coche.
Un saludo,
Carlos