¿Sabes cómo interpretar una póliza de seguro, entender su contenido?
¿Eres de los que contratan la póliza de seguro y después no la lee?
Pues estás cometiendo un error.
Se trata de un contrato y corres el riesgo que llegado el momento te encuentres con la sorpresa de que no hay cobertura para ese incidente. Más del 18% de los que contratan un seguro no se leen las condiciones, y un 54% lo hace por encima.
Una póliza de seguro no es, desde luego, un «best seller«, aunque a veces se vendan muchas copias. Resulta poco entretenida de leer y difícil de entender. Sobre todo cuando te enfrentas con largos y farragosos textos y una terminología solo para iniciados.
¡No te líes!
En este artículo te voy a decir cómo interpretar un contrato de seguro. Te marcaré que contenido es imprescindible que revises para facilitarte la lectura de la letra pequeña. Y de paso podrás aclarar aquellas dudas sobre las que no te atreviste preguntar.
¿Qué es una póliza de seguro?
Antes de desglosar de qué se compone un contrato de seguro, es importante recordar que es y para qué sirve.
El contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado, o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Artículo 1 Ley de Contrato de Seguro
Un contrato de seguro puede tener cualquier objeto de riesgo, siempre que exista un interés asegurable y no este expresamente prohibido por la ley.
La póliza es el instrumento escrito por el que se regulan las condiciones del contrato de seguro. Se trata del documento privado donde constan los derechos y obligaciones de las partes que lo suscriben. Además se trata de un contrato de adhesión por lo que cualquier modificación se tiene que hacer mediante cláusulas expresamente pactadas.
Por eso al contratar un seguro, junto con la proposición, la solicitud o la propia póliza, el asegurador debe entregarte: las condiciones generales, particulares, especiales y cualquier otro documento complementario que tengas que suscribir.
El librito de las Condiciones Generales
Para una misma modalidad de seguro, hay cláusulas que son comunes a todos los contratos por eso las aseguradoras tienen unas condiciones impresas o preimpresas, las llamadas Condiciones Generales.
Puedes pedir que la póliza de seguro se redacte en cualquiera de las lenguas oficiales del estado español. También que se haga en una lengua distinta de acuerdo con la Directiva 92/96 del Consejo de la EU.
La digitalización informática también ha llegado a las pólizas haciendo desaparecer el libro de las condiciones generales.
Sea cual sea el formato en el que te las entreguen, las exclusiones o limitación a las cobertura del contrato, deberán destacar tipográficamente.
Estos son los contenidos que debes encontrar en el condicionado general, presta atención a los prioritarios:
Las normas que regulan el contrato.
Relación de la legislación a la que se encuentra sometido el contrato. Fundamentalmente se refieren a la Ley de Contrato de Seguro, Ley de Protección de Datos, Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, Estatuto legal del CCS o la Ley de Mediación.
Las personas del contrato y definiciones.
Este apartado está referido a las personas que pueden intervenir, su función o las definiciones de los términos del contrato de seguro.
El objeto del seguro y los bienes excluidos.
Hacen referencia a las coberturas que asume el asegurador, definidas en las condiciones particulares. También se describen aquellos bienes que no son objeto de cobertura. No debes confundirlo con riesgos no cubiertos de los que hablaremos más adelante.
Los riesgos cubiertos.
En este apartado encontrarás todas las coberturas que ofrece esa modalidad de seguro. Pero esto no quiere decir que todas ellas sean las que has contratado, por lo que deberás dirigirte a las condiciones particulares para ver cuales tienes incluidas en tu póliza y cuáles son los límites asegurados o las franquicias que afectan a cada una.
Los riesgos y los daños no cubiertos.
Si todo es relevante, la lectura de este apartado te la recomiendo especialmente, porque en él vas a encontrar la relación de los riesgos no cubiertos. Dependerá de la modalidad de seguro que esta lista sea más o menos extensa porque contiene todas las exclusiones que afectan al contrato.
Forma de aseguramiento facultativa.
Se trata de un apartado que te encontrarás en las pólizas de daños (pyme, industria, etcétera). En él se definen aquellas formas de aseguramiento cuya aceptación es facultativa de la compañía. Normalmente hace referencia a los capitales fijo y flotante del aseguramiento de existencias o ampliación de la cobertura en la valoración en caso de siniestro.
Las bases del contrato.
Define los documentos que junto con la póliza forma parte del contrato, como la solicitud o la proposición de seguro. También regulan los derechos y obligaciones de las partes sobre la declaración del riesgo, su inexactitud, la agravación, disminución, desaparición o transmisión del riesgo.
La formalización del contrato, su duración, el pago de las primas y el domicilio de pago, también forman parte de este apartado.
Otros aspectos que a la larga resultan importantes son los relacionados con la extinción o nulidad del contrato y la prescripción de las acciones derivadas del mismo.
Los siniestros y su tramitación.
Es importante que sepas que deberes tienes de comunicación del siniestro, de salvamento y minoración de las consecuencias. También es importante que conozcas como se tasan los daños, se determina la indemnización y te la pagan.
La solución de conflictos.
¿Sabes a quien puedes acudir en caso de conflicto? Este apartado de la póliza de seguro te explica a quién puedes dirigir tu reclamación en caso de conflicto con la aseguradora. Desde luego conocer cómo hacerlo puede resolverte más de un contratiempo.
También deberías encontrar dos clausulas muy especiales:
Cláusula de indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros.
En ella se establecen los acontecimientos extraordinarios que están cubiertos, los riesgos excluidos, la franquicia aplicable o el procedimiento de actuación en caso de siniestro.
Cláusula de protección de datos.
Recoge todo lo relativo al tratamiento de tus datos y su utilización por la compañía. Deberá figurar la dirección donde dirigirte en caso de que decidas ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Y algo muy importante que debes tener presente de tus datos. La legislación permite que puedan cederlos o parte de ellos, y los que se generen en caso de siniestro, a organismos públicos y privados relacionados con el sector asegurador con fines estadísticos y de prevención del fraude, en la selección de riesgos y liquidación de siniestros.
Cualquier modificación que se establezca en las coberturas, exclusiones o limitaciones se deberá insertar en las condiciones particulares derogando parcial o totalmente lo indicado en las condiciones generales.
Los 9 puntos que debes revisar, sí o sí, en las Condiciones Particulares
Pero una póliza de seguro es un contrato individual por lo que tiene que ser personalizado, esto se hace por medio de las Condiciones Particulares.
Contienen los datos y cláusulas específicas que identifican y regulan el contrato y para que no tengas dudas sobre su contenido, estos son los 9 puntos que tienes que revisar sí o sí.
1. Los contratantes
Debe contener el nombre y apellidos o denominación social de las partes contratantes y su domicilio, así como la designación del asegurado y beneficiario, en su caso. Sobre todo comprueba que los datos personales son correctos y no contienen algún error.
2. El concepto en el cual se asegura
Hace referencia a la condición de cada una de las partes que otorgan el contrato, el tomador del seguro y la aseguradora. Uno y otro son los obligados a cumplir las condiciones pactadas.
3. La naturaleza del riesgo cubierto
Deberá describir de forma clara y comprensible, las garantías y coberturas otorgadas en el contrato, así como respecto a cada una de ellas, las exclusiones y limitaciones que les afecten destacadas tipográficamente.
4. Designación de los objetos asegurados y de su situación
Contendrá la información relativa al objeto asegurado, sus características y la situación donde está ubicado o el radio de acción. Por ejemplo, en un seguro de coche, los datos son los identificadores del vehículo, características y conductor habitual. En una vivienda, los elementos del inmueble, la ubicación o medidas de prevención y protección.
5. La suma asegurada o el alcance de la cobertura
Tienes que comprobar que conste claramente la suma aseguradora asignada a cada una de las coberturas. También debes asegurarte que figure el modo de aseguramiento o el importe de la franquicia si la hubiera.
6. Importe de la prima, recargos e impuestos
El precio del seguro debe figurar desglosado. Para ello en la póliza se hará constar la prima neta del seguro, los impuestos y recargos que lo gravan y la prima total del periodo inicial según la forma de pago elegida.
En el caso de una póliza con capital flotante deberá establecerse la forma en la que se hará el abono.
7. Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago
Comprueba que el vencimiento del seguro se corresponde con la fecha pactada. Hay aseguradoras que te ofrecen la posibilidad de cambiar la fecha anticipándola al primer día del mes o retrasándola al primer día del mes siguiente.
Otro de los elementos que debe de figurar es la forma y el lugar o medio de pago de la prima. Para saber más sobre esto, te aconsejo la lectura de este post: ¿Qué forma de pago me interesa más en el seguro para ahorrar dinero?
8. Duración del contrato
Si has leído el artículo que te recomendaba en el punto anterior, habrás leído sobre la duración del contrato. Pues bien en la póliza debe indicarse el día y la hora en que comienza y termina su cobertura.
9. El mediador del contrato
Sobre el mediador, además de los datos identificativos debe de contener el tipo de mediador de que se trata. Próximamente se deberá informar del importe que percibe por su trabajo.
Con todo esto, ya hemos escrito entre 30 y 40 páginas de un contrato de seguro, pero todavía falta algo más. Sigue leyendo para descubrirlo.
Las Condiciones Especiales de la póliza
Se trata de condiciones específicas que afectan a determinadas circunstancias del contrato de seguro. Generalmente se utilizan para suprimir algunas exclusiones o para incluir otras nuevas.
¿Tienes hipoteca y el banco te exige una cesión de derechos en el seguro?
Pues la cláusula que se incluya en la póliza de seguro por el préstamo, será una cláusula especial.
La relación de riesgos en una póliza de daños o la relación nominal de asegurados en un colectivo de accidentes, son cláusulas especiales.
Las coberturas o exclusiones referidas al estado de salud de un asegurado, también son cláusulas especiales en una póliza de seguro médico.
Cláusulas basadas en coberturas de tratados internacionales también forman parte de estas condiciones especiales.
¿Por qué es necesario prestar atención al contenido de la póliza?
Pues porque tienes un mes a contar desde la entrega de la póliza para reclamar a la aseguradora que subsane aquellas cláusulas que no se ajusten a lo convenido o a la proposición del seguro.
Transcurrido ese plazo sin reclamar, tendrás que estar a lo dispuesto en la póliza. Por cierto, esta cláusula también debe ser incluida en toda póliza de seguro.
Para que no te pierdas entre sus páginas te dejo este resumen gráfico.

Conclusión
Dedicarle unos minutos a revisar la póliza de seguro supone ganar tiempo porque podrás rectificarla si no se ajusta a lo convenido. Pero además, en caso de siniestro, si está bien hecha, te evitará conflictos innecesarios. Conocer lo que cubre, lo que excluye o a quien dirigirte en caso de conflicto hará que tu esfuerzo no resulte baldío.
Pero además las condiciones del contrato no pueden tener carácter lesivo para el asegurado. Deberán redactarse de forma clara y precisa, destacando especialmente las cláusulas limitativas de los derechos del asegurado.
Especialmente relevante es que deben regirse por lo dispuesto con carácter imperativo en la LCS, salvo que esta disponga otra cosa o exista legislación específica para esa modalidad de seguro.
¡Atención! Es muy importante que sepas que el contrato de seguro será nulo, salvo en los casos previstos en la Ley, si en el momento de su contratación el riesgo no existe o había ocurrido el siniestro.
¿Has leído alguna vez tu póliza de seguro, te resultó fácil comprender su contenido?
Te espero en los comentarios y si albergas alguna duda sobre tu póliza, plantéala para contestarla.
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