¿Está a salvo tu patrimonio como administrador de una sociedad?

Ser administrador o directivo de una empresa es una labor que requiere conocer los riesgos a los que te expones, entre ellos la posibilidad de perder tu patrimonio personal. Cualquiera que dirija o administre una empresa puede cometer...
20/06/2016
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Ser administrador o directivo de una empresa es una labor que requiere conocer los riesgos a los que te expones, entre ellos la posibilidad de perder tu patrimonio personal.

Cualquiera que dirija o administre una empresa puede cometer un error en su gestión, ¡Tú también!

Pero además puedes ser considerado responsable por los perjuicios económicos causados por una mala gestión.

Soy el único dueño de la empresa, no me voy a reclamar a mí mismo.

Tu no, pero quizás un acreedor, un empleado o tu competencia, si lo haga. Si prospera la reclamación y eres condenado, es posible que tengas que responder con tu patrimonio personal.

Estás en un blog donde procuramos dar soluciones y estas a veces las encontramos en… el seguro

¿A quién se considera administrador de una sociedad?

Lo primero que te interesara saber es a quien se le considera administrador de una sociedad. En este sentido tienes que saber que puede ser cualquier persona física que como Consejero, Administrador, Directivo, Gerente o cualquier otra, sea miembro del órgano de administración de la sociedad o tenga poderes que impliquen facultades de decisión o gobierno de la misma.

Pero no solo hay que hablar en presente, también hay que hacerlo en pasado porque la responsabilidad como administrador puede no cesar aún cesando en el cargo.

¿Qué deberes me imponen las leyes?

La entrada en vigor el pasado 1 de julio de la reforma del Código Penal, ha supuesto la ampliación del régimen de responsabilidad penal de la empresa.

Como administrador, el entramado legal al que te verás sujeto es cada vez más amplio y complejo, algo más de una decena de leyes lo regulan en España, a las que hay que sumar las normas legales de la comunidad de nuestro entorno.

En resumen, los administradores responderán frente a la sociedad o los acreedores sociales, incluso personalmente, del daño que causen por actos contrarios a la ley o a los estatutos, realizados sin la debida diligencia con la que deben desempeñar el cargo.

¿Qué reclamaciones puedo tener?

La omisión o la acción errónea en tus decisiones pueden hacer que incurras en responsabilidades de las que debas responder solidariamente.

Te propongo un juego.

Has creado una sociedad con otros dos socios para montar una startups, el negocio marcha viento en popa, crecéis, empleáis plantilla, os financiáis, invertís, creáis nuevas sociedades, exportáis productos…

Ahora reflexiona sobre las razones por las que podrías tener una reclamación, estos son algunos ejemplos:

Acusación por apropiación indebida

Fichaste a un alto directivo de la competencia, utilizas información de su antigua empresa en el desarrollo de la tuya.

Por la venta/adquisición de empresas

Has vendido una filial de tu empresa y has ocultado importantes deudas al comprador.

Reclamación contra ex-directivos

Antiguos directivos maniobraron en beneficio propio, obteniendo ingresos en detrimento de la sociedad.

Por uso de información privilegiada

Un directivo de la empresa ha utilizado información privilegiada para beneficiarse en el momento de la venta de la sociedad.

Reclamación personal

La empresa está en quiebra y has pagado con un cheque a un acreedor sabiendo que será devuelto.

Reclamación de empleados

Un empleado se queja de que un directivo le acosó sexualmente amenaza con demandaros. Han despedido a una empleada por no firmar un acuerdo que la perjudicaba, piensa demandar por mobbing. Una empleada está molesta porque se ha promocionado a otro compañero sin tener en cuenta sus méritos.

Reclamación de órganos reguladores

Cobras subvenciones por exportar a determinados países pero también lo has hecho a países para los que no hay ayudas. A los trabajadores de la empresa no se les practicaba retención en la nómina. Hacienda se plantea entablar un procedimiento contra los directivos.

De los liquidadores del concurso de acreedores

Directivos de una compañía que entro en liquidación pueden ser considerados responsables de 2/3 del déficit de la misma por haber realizado negocios mientras la compañía era insolvente.

Reclamación de terceros

El banco demanda a la empresa por utilizar información engañosa con el fin de obtener financiación.

De compradores

Antiguos directivos de la compañía han sido demandados por los actuales dueños al considerar que facilitaron información engañosa del valor de la empresa antes de su venta.

De los accionistas

Los socios demandan al administrador de la sociedad por realizar compras de material a un precio muy superior al de mercando. La sociedad ha tenido pérdidas cuantiosas por una supuesta mala gestión de sus directivos, los accionistas valoran interponer una demanda contra ellos por el deterioro patrimonial de sus acciones.

¿Alguna respuesta positiva?

Son muchas y variadas las razones por las que podrías tener una reclamación que ponga en riesgo tu patrimonio.

¿Qué responsabilidad recae sobre los administradores?

Según lo anterior te puedes encontrar con tres tipos de responsabilidad: por daños, por deudas sociales o por deudas tributarias.

En el primer grupo se enmarcan los daños a la sociedad, sus socios o terceros, causados en el ámbito de la gestión de la sociedad y cuyo origen está en actos u omisiones del administrador, ya sean negligentes, por falta de diligencia o ilícitos.

De demostrarse la culpa del administrador, este deberá responder personalmente con sus bienes.

Con la reclamación de este tipo de responsabilidad se puede persigue la restitución del deterioro patrimonial de la sociedad o el ser indemnizado por el perjuicio causado.

Incurrirás en responsabilidad por deudas sociales en el supuesto de no adaptar la sociedad a la legislación que la regula o por no disolverla cuando existen motivos legales o estatutarios. Si ocurre, deberás responder con tu patrimonio solidariamente junto con la empresa y no es necesario demostrar tu culpa.

El último grupo lo forman la responsabilidad por deudas tributarias contraídas con la administración: sanciones o deudas. De su pago responderás solidariamente y sin necesidad de que previamente se declare la insolvencia de la empresa.

¿Cómo proteger el patrimonio de directivos y administradores?

Si recuerdas, al principio, te decía que este es un blog donde encontrar soluciones.

Una de esas soluciones como administrador pasa por contratar un segurode responsabilidad civil para directivos y administradores (D&O)

Otra es procurar hacer las cosas bien, con diligencia, fidelidad y lealtad, pero no estamos exentos de errar.

¿Ya tenemos contratado en la empresa un seguro de responsabilidad civil, para que necesito otro?

Con el que tiene contratado la empresa, cubres las reclamaciones que pueda realizar un tercero, por los daños y perjuicios causados, de los que pueda ser responsable, en el ejercicio de su actividad. Sin embargo, este seguro no otorga cobertura a ninguna de las supuestas reclamaciones incluidas en el juego anterior.

Volviendo a él, si dudaste en alguna respuesta o lo hiciste positivamente, decirte que tu patrimonio está en riesgo.

Indemnizaciones, fianzas o gastos forman parte de las prestaciones que ofrece el seguro de D&O.

Si quieres saber más, no te pierdas: ¿Qué me cubre un seguro de responsabilidad civil para directivo o administrador de una sociedad?

¿Sabes que podrían ir a por el patrimonio de tu cónyuge si no tienes separación de bienes?

Ahora te toca a ti, te espero en los comentarios donde podrás compartir con nosotros tu respuesta.

Imagen gentileza de Pixabay

Escrito por Carlos Destrada

Autor y fundador de este sitio. Bloguero, consultor y autodidacta de vocación, aún me entusiasmo con el mundo de la informática y la web 2.0. Publico contenidos relacionados con el seguro, sector profesional en el que he pasado más de una vida. Por lo demás, ejerzo de ciudadano del mundo.

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Comentarios

2 Comentarios

  1. alfonso

    Hola Carlos
    Felicidades por tu artículo
    Creía que un administrador si cumple sus obligaciones tributarias (presentación de todas sus declaraciones tributarias aunque no pueda pagarlas y que la empresa no tenga posibilidad de pagarlas por causas externas ) su responsabilidad ante Hacienda estaba cubierta.
    Gracias.
    Cordialmente
    Alfonso

    Responder
    • Carlos Destrada

      Hola Alfonso,
      Gracias por seguir el blog y comentar.
      Desde luego Hacienda no es un buen compañero de viaje para ningún administrador societario, pero desgraciadamente, todos los peligros no se quedan ahí.
      Suerte y un saludo,
      Carlos

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