Es posible que para ti se haya convertido en una rutina. Acompañas a los críos al autobús que los lleva al colegio y después te acercas a la estación más próxima para coger el metro que te acercará hasta el trabajo. Quizá en algún momento, hayas leído en el billete, que el trayecto está cubierto por un seguro obligatorio de viajeros.
Lo habitual es que el desplazamiento discurra con normalidad, pero, ¿Qué pasaría si al salir al andén, resbalas porque hay agua y te causas un esguince de muñeca? ¿Quién te paga por los días que has estado de baja?
De momento, tienes que saber, que el transportista está obligado por ley a contratar un seguro obligatorio de viajeros.
En este artículo puedes leer, mientras realizas el viaje, toda la información que necesitas para hacerlo más tranquilo.
¿Qué es el SOV, el Seguro obligatorio de viajeros?
Se trata de un seguro de accidentes, cuya finalidad es indemnizar a los pasajeros cuando sufran daños personales o lesiones viajando en un transporte público.
Al adquirir el billete, contratas también el seguro que va incluido. Eres asegurado cuando en el momento del accidente estás provisto del título de transporte, ya sea de pago o gratuito.
Es conveniente que conserves el billete hasta la finalización del viaje por si tuvieses que reclamar por un accidente.
¿A quien cubre el seguro?
Según el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros, son asegurados:
- Toda persona que en el momento del accidente esté provista del título de transporte, de pago o gratuito. Cuando el título de transporte se expida sin exigir la identificación del viajero, se presumirá que el accidentado estará provisto de billete en todos aquellos casos en que por las características del accidente sea verosímil el extravío o destrucción de dicho billete.
- Están también protegidos los usuarios menores de edad que, según las normas que regulan cada medio de transporte, estén exentos del pago de billetes o pasaje.
- Son también asegurados el personal dedicado por la Empresa transportista a los servicios requeridos para la utilización o el funcionamiento del vehículo, así como el personal al servicio de las Administraciones Públicas que se hallen, durante el viaje, en ejercicio de sus funciones.
¿Qué transportes públicos deben incluir el seguro obligatorio de viajeros?
Tienen necesidad de contar con un seguro obligatorio de viajeros aquellos transportes de pasajeros realizados en vehículos con capacidad igual o superior a nueve plazas, que circulen por toda clase de vía urbana e interurbana y tengan carácter público, aunque se realicen en medios privados. Por tanto autobuses, tranvía, metro, o tren son los obligados a contar con un SOV.
Quedan incluidos también, aunque su capacidad sea inferior a 9 personas el trolebús, teleférico, funiculares, telesquí, telesillas, telecabinas u otros medios en los que la tracción se haga por cable y en los que no exista camino de rodadura fijo.
Y además, las embarcaciones de matrícula y pabellón españoles que estén autorizadas para el transporte público colectivo de pasajeros.
¿Qué cubre el seguro obligatorio de viajeros?
Están cubiertos los accidentes que puedan sufrir los viajeros en todos los viajes nacionales e internacionales, con origen en España y que se produzcan durante la utilización del medio de transporte. También están incluidos los que se causen al subir y bajar o durante la entrega y recogida del equipaje.
El seguro protege las lesiones corporales y las consecuencias que se deriven de ellas. El asegurado o beneficiario tendrán derecho a una indemnización cuando, como consecuencia de un accidente cubierto se produzca:
El fallecimiento del asegurado
Los beneficiarios tendrán derecho a percibir una indemnización única si el fallecimiento se produce durante los dieciocho meses siguientes a la fecha del accidente y siempre que sea consecuencia directa de este.
El importe de la indemnización en caso de muerte será de 36.060,73 euros.
Lesiones corporales
Las lesiones corporales que originen menoscabo permanente, se calificaran, según la categoría a la que pertenezca dentro de las catorce recogidas en el baremo de indemnizaciones incluido en la ley.
Si no estuviesen incluidas explícitamente, se equipararan con alguna de las categorías, en función del déficit fisiológico producido por el accidente y según establezca el criterio del informe médico facultativo.
Las indemnizaciones por incapacidad temporal, no se rigen por el tiempo de curación de la lesión. Se valoran por el grado de inhabilitación que se le atribuye en el baremo que incluye la ley. Así, por ejemplo, cobrarás el mismo importe por una fractura de fémur que tarde en curar 100 días que si lo hace en 250.
Las indemnizaciones que te pueden corresponder van desde los 42.070,85 euros de le primera categoría hasta los 1.202,02 euros de la décimo cuarta.
Asistencia sanitaria
La asistencia garantizada por el Seguro Obligatorio de Viajeros se extiende, como límite máximo, hasta las setenta y dos horas siguientes al momento del accidente, cuando se trate de lesiones que no requieran hospitalización del asegurado o tratamiento especializado en cura ambulatoria. Se amplía hasta diez días cuando los asegurados la tuvieran cubierta por otros seguros obligatorios, y hasta noventa días en los demás casos.
¿Que no cubre el Seguro Obligatorio de Viajeros?
El seguro obligatorio de viajeros no cubre los daños materiales. Esto no significa que si los sufres no puedas reclamarlos, pero tendrás que hacerlo al causante del accidente y al margen de este seguro.
Un frenazo brusco del autobús en el que viajas, hace que te golpees fuertemente. Del golpe tienes un esguince de muñeca, un hematoma en la cara y se te han roto las gafas. Al SOV únicamente podrás reclamar por los daños corporales, el resto se lo tendrás que pedir al seguro de circulación o de responsabilidad civil del causante.
¿Qué debo hacer en caso de tener un accidente en transporte público?
Antes de nada, deberás asegurarte que tienes en tu poder el billete válido para el viaje.
Hecho esto, el siguiente paso es comunicárselo a la empresa de transporte, al personal que preste servicio en el medio donde ha ocurrido o a quien esté al frente de la estación, administración o instalación. Son muchos los medios de transporte que cuentan con formulario de reclamación que podrás rellanar inmediatamente después del accidente.
A continuación, tu o tus beneficiarios, tendréis que probar los daños corporales sufridos, aportando los informes médicos correspondientes.
Como ocurre con otros seguros, en caso de que la empresa de transporte no cuente con seguro, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se hará cargo de la reclamación.
¿Las indemnizaciones por el SOV son incompatibles con las de otros seguros?
El Seguro Obligatorio de Viajeros, por su naturaleza y coberturas, sus indemnizaciones son compatibles con las de otros seguros obligatorios. La clave es que se trata de un seguro de accidentes, donde el riesgo cubierto es la persona del viajero. Por tanto el derecho del asegurado no nace de una responsabilidad de la empresa transportista por una actuación culposa.
Esto quiere decir que en caso de accidente, además de reclamar las indemnizaciones del seguro obligatorio de viajeros, también podrás hacerlo contra el seguro de responsabilidad civil del causante del accidente.
Conclusión
El SOV prevé el derecho de los viajeros a ser indemnizados por los daños corporales sufridos en un accidente que tenga lugar con ocasión de un desplazamiento en el medio de transporte y se otorga a todo viajero que en el momento del accidente esté provisto del título de transporte.
En resumen, tienes derecho a ser indemnizado “siempre que se produzca el hecho objetivo del accidente o daño, con independencia de la culpa o negligencia del conductor, empresario, o empleados, e incluso tercero, hasta el límite y en las condiciones establecidas en el mismo”, y siempre que los daños no deriven de alguna de las causas de exclusión previstas en el artículo 9 del Real Decreto 1575/1989.
Por último, después de esto, espero que te haya quedado claro que el seguro obligatorio de viajeros, difiere y mucho de un seguro de viaje.
Es tu turno. Cuéntanos en los comentarios si viajas seguro respondiendo a esta pregunta.
¿Activas las coberturas del seguro validando el billete antes de iniciar el viaje?
Imagen gentileza de Pixabay
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