Seguro de impago de alquiler: ¿Merece la pena contratarlo?

por | Actualizado: Sep 16, 2021 | 0 Comentarios

A la crisis sanitaria que ha provocado la Covid-19 hay que unir la crisis social y económica desencadenada por la pandemia. En este contexto, el temor más común de los propietarios de viviendas en alquiler, el impago de la renta se está convirtiendo en realidad. Para cubrirse del riesgo de impago, cada vez exigen mayores garantías, ya sea en forma de depósito o aval. El problema es la dificultad que existe para conseguir estas garantías, unido al esfuerzo económico que conlleva. Para dar una solución, desde hace unos pocos años, el mercado puso en marcha un nuevo producto financiero: el seguro de impago de alquiler.

La Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (ASVAL) estimaba en julio pasado que durante los primeros meses de la pandemia la morosidad en el pago del alquiler había pasado del 5% al 15%.

Por otra parte, la patronal del sector asegurador, Unespa, hizo público el pasado mes de febrero un informe en el que analizaba la evolución de los costes en el seguro de impago de alquiler. Según este estudio, el coste medio de las incidencias por impago del alquiler se situaba en torno a los 3.200, alcanzando puntas de 15.000 euros. En cuanto a los daños ocasionados el inmueble, la media baja hasta los 336 euros, si bien se había alcanzado un coste máximo de 45.000 euros.

Está claro que, el propietario de un inmueble en alquiler se enfrenta a un riesgo potencialmente importante, donde una de las alternativas de protección pasa por suscribir un seguro de impago de alquiler. Si no sabes de que va este seguro, en este artículo te contamos lo más destacado.

¡Comencemos!

¿Qué es un seguro de impago de alquiler?

El seguro de impago de alquiler es una póliza destinada al propietario de una vivienda o local que lo pone en alquiler. Con ella se asegura el impago de las rentas, los daños causados por el inquilino al inmueble y los gastos de arbitraje o judiciales si hubiese que llegar hasta allí.

A estas coberturas básicas se pueden añadir otras: el impago de suministros, la limpieza del inmueble tras la marcha del inquilino, cerrajería, etc.

Suscribir un seguro de impago de alquiler supone la protección de los intereses del arrendador, pero también una ventaja para el inquilino. En muchos casos, contar con esta garantía, hará innecesario exigir al arrendatario un mayor esfuerzo económico en avales o depósitos adicionales.

Sin embargo, conviene tener presente que esta póliza garantiza el pago de la renta al propietario por parte del seguro, sin que el inquilino quede liberado de su pago ya que le será reclamado por el asegurador.

Una garantía para el propietario con un coste medido.

Se estima que más del 30% de los contratos de alquiler que se suscriban durante este año tendrán asociado un seguro de impago de alquiler. Este crecimiento está provocando que algunas aseguradoras, que antes despreciaron este tipo de pólizas, se estén subiendo al carro ampliando la oferta.

En el mercado puedes encontrar una póliza de impago por entre el 3 y 5% del importe anual de la renta. Como en cualquier otro seguro, el precio está condicionado a las coberturas contratadas y en este caso, fundamentalmente va ligado al periodo de impago que quieras cubrir: 6, 9 o 12 meses.

Si eres un gran tenedor de viviendas en alquiler contarás con asesoramiento especializado, pero si no lo eres, te conviene conocer otras dos ventajas que tiene, a mi juicio, la suscripción de un seguro de impago de alquiler.

  1. Evaluación de la solvencia del inquilino. Antes de suscribir el seguro, la aseguradora realizará una evaluación de la solvencia del inquilino. Analizará el nivel de ingresos y su situación laboral, además de otros factores que determinaran la aceptación o no del riesgo.
  2. Deducción fiscal de la prima del seguro. Al igual que ocurre con los gastos de reparación o mantenimiento, las primas del seguro de impago de alquiler se pueden deducir de la renta en la declaración fiscal.

¿Merece la pena contratar un seguro de impago de alquiler?

Si estás leyendo este artículo es porque no perteneces al grupo de grandes tenedores de inmuebles en alquiler, más bien, estás en el de aquellos que miran el gasto para estirar la renta lo más posible.

La incertidumbre de impago y el aumento de la morosidad en el alquiler de vivienda tras la pandemia no solo ha potenciado la venta de seguro de impago sino la proliferación de agencias gestoras del alquiler. Estas últimas suelen ofrecer servicios de búsqueda de inquilino, negociación, redacción del contrato, reparaciones, llegando incluso a garantizar el pago de la renta al propietario el día 1 de cada mes. A cambio, la agencia cobra una mensualidad de la renta más una cuota de entre el 6% al 6.5% de la renta mensual (más el IVA, claro). A estos honorarios tendrás que sumar los correspondientes al mantenimiento y reparación del inmueble, tasas, certificados, etc.

En septiembre de 2020, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) publicaba un estudio comparando la gestión del alquiler por una agencia negociadora y por su propietario. La conclusión era que el propietario de una vivienda podía obtener un ahorro de unos 3.000 euros anuales si gestionaba directamente el alquiler.

5 consejos antes de contratar en seguro de impago de alquiler.

Si has llegado a la conclusión de que te merece contratar un seguro por si se produce el impago del alquiler, conviene que tengas en cuenta estas recomendaciones.

1. Asegurarte de que estás contratando un seguro.

Corren tiempos en los que determinadas empresas y empresarios venden servicios bajo la apariencia de un seguro de impago sin serlo. Para contratar una póliza con todas las garantías mi recomendación es acudir directamente al asegurador o al corredor o correduría de seguros de confianza. Si tienes alguna duda sobre el proveedor, siempre podrás comprobar en el registro público de la DGSFP si está autorizado para suscribir el seguro.

2. Ser cauto ante la publicidad engañosa.

Pensamos que el seguro es para especialistas y no es asi, simplemente requiere un poco de atención. Mi sugerencia ante cualquier seguro y en este caso también, es leer con detenimiento la oferta y la letra pequeña para cerciorarnos de los compromisos asumidos en el contrato de seguro.

3. Analizar con detalle que coberturas incluye el seguro.

Se trata de una modalidad de póliza en la que conviene cerciorarse qué estamos asegurando. Y no solo hay que fijarse en la cobertura de impago, también si están cubiertos los actos vandálicos del inquilino, la limpieza del inmueble o los honorarios de abogado y procurador por si hubiese que proceder judicialmente. Revisa y elige cuidadosamente las coberturas que necesites al margen de las básicas que ofrece esta modalidad de seguro.

4. Ya lo tengo cubierto en el seguro de hogar.

Es posible que algunas de las coberturas que ofrece el seguro de impago de alquiler estén incluidas en el seguro de hogar, pero no todas. Presta atención a lo que asegura uno u otro producto porque conceptualmente son diferentes y conviene suscribirlos por separado.

5. Renovar el seguro a su vencimiento.

Es frecuente ver como el seguro de impago de alquiler se deja de pagar transcurrido el primer año en la confianza que el inquilino va a seguir pagando religiosamente. En mi opinión, conviene suscribir un seguro de duración anual y renovarlo periódicamente a su vencimiento. De esta forma evitarás sorpresas ante posibles cambios en la situación personal del inquilino. Y si este dejase la vivienda antes de tiempo, siempre podrás negociar con el asegurador una suspensión de la cobertura hasta que vuelvas a arrendarlo.

Conclusión.

No corren buenos tiempos para el alquiler de vivienda a pesar del elevado precio en la renta. Los propietarios prefieren sacar del mercado los inmuebles ante la incertidumbre por el aumento de la morosidad. Sin embargo, en este artículo hemos visto que existen alternativas para gestionar el alquiler, pudiendo elegir entre:

  • Contratar los servicios de una agencia gestora del alquiler.
  • Suscribiendo un seguro de impago y gestionando el alquiler directamente con el inquilino.

De ti depende, pero sea cual sea la decisión, esperamos que nos dejes tu respuesta a esta pregunta en los comentarios.

¿Eras consciente que existen alternativas para proteger la renta que obtienes alquilando tu vivienda?

Imagen gentileza de @wayhomestudio en Freepik.com

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Sobre el autor

Carlos

Carlos

El genio detrás de todo esto. Con años en el seguro, fusiona su experiencia técnica con su amor por la tecnología. Como bloguero, consultor y consumidor, simplifica el complicado mundo de los seguros. Descubre sus trucos, consejos y la magia que hace que el aseguramiento sea fácil de entender. Con él, ¡los seguros son pan comido!

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